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con gran frecuencia a plantearse a modo de catecismos 66 . Las ideas funda- mentales tenían como fin mostrar la estrecha relación —para ellos indiso- luble— entre los dos poderes, trono y altar, al tiempo que suscitaban la obediencia que correspondía a los súbditos, respecto a aquello que dicta- ra el soberano, así como aquellos que estaban directamente a su servicio, incluso bajo pena de pecado. No era muy complicado que, en ese juego de intereses, la deducción siguiente fuera el peligro de excomunión para aquellos que se desmarcaran de los marcos oficiales. Ejemplo de este tipo de posturas es el la defendida por el fraile capu- chino Joaquín de Finestrad, enviado por el arzobispo-virrey de Nueva Gra- nada, Antonio Caballero y Góngora, a la región de Socorro, después de una revuelta popular (1780-1781), con la intención de recuperar el status quo . Mientras los rebeldes argumentaban teniendo como base la fundamen- tación clásica en la que se distinguía entre la figura del rey y las autorida- des tiránicas, identificadas en el aserto clásico: «¡Viva el Rey! ¡Abajo el mal gobierno!». Él condenará cualquier forma de posible pactismo, siguiendo estrechamente la línea definida por Bossuet y su defensa del poder absolu- to, tanto en la figura del soberano, como en sus representantes y la obe- diencia incondicional de los vasallos. A éstos sólo les quedaba el recurso de la representación: «al vasallo no le toca examinar la justicia y los dere- chos del Rey, sino venerar y obedecer ciegamente sus reales disposicio- nes» 67 . Por otra parte, en esa concepción del delito político convertido en pecado había afirmado ya anteriormente, que «el principal ofendido es el mismo Dios, que es fuente de la soberanía, de la Magestad y del Poder» 68 . Al mismo tiempo, Finestrad explicaba la revolución como una conse- cuencia de hablar mal del Rey, al tiempo que era una deducción del uso de autores poco ortodoxos. Entre ellos identifica a Pufendorf, Grocio, Hobbes, Raynal y Robertson. Como se puede ver, maneja autores muy diversos, lo Confluencias teóricas y prácticas heterogéneas … 31 66 Cf. F.-X. Guerra, «Políticas sacadas de las Sagradas Escrituras». La referencia a la Biblia en el debate político (siglos XVII a XIX), in: M. Quijada-J. Bustamante (eds.), Élites intelectuales y modelos colectivos. Mundo ibérico (siglos XVI-XIX), Madrid 2002, 186, nota 108. Especialmente sig- nificativo es: Joaquín Lorenzo de Villanueva, Catecismo del Estado, según los principios de la reli- gión, Madrid 1793, que tiene como base de argumentación a Bossuet. Algunas de sus afirmaciones resultan especialmente elocuentes: «Estas máximas de la política las reforma la Religión, diciendo que en ningún heredero del pecado de Adán hay independencia del orden civil: que la renuncia de la insubordinación es una obligación moral que impone la Religión a sus súbditos, para que por medio del orden político cooperen al restablecimiento de la unión y concordia civil que des- truyó el pecado: que la soberanía del Príncipe no tiene dependencia ninguna del desprendimiento de la independencia de los miembros del Estado: que la elección no hace más que señalar la per- sona o las personas en quien subsiste o ha de subsistir la autoridad pública» (cap. XII). 67 J. de Finestrad, Los comuneros, Bogotá 1905, 153. Las palabras pronunciadas por este religioso eran casi idénticas a las que se podían encontrar en la obra del obispo de Meaux. 68 Ibid., 10.

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