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tud de control por parte del Estado no se hará esperar e intentará ensegui- da abrir un amplio control que se manifiesta en la promulgación de una serie de prohibiciones acerca de obras de autores clásicos españoles, que serán calificadas como literatura jesuítica y, por lo mismo, que había de ser desterrada 63 . El método común de la enseñanza de aquella época consistía en la repetición pasiva, memorística, en la copia y el dictado; y los exáme- nes eran una recitación al pie de la letra de los textos escolares 64 . La intención era prohibir y controlar, en la medida de lo posible, la teoría clásica hispánica de la soberanía popular, que llevaba implícita la licitud del derecho de insurrección y del tiranicidio. Frente a esta postu- ra, basándose en la argumentación de Bossuet se promueve la enseñan- za del origen divino directo del poder regio 65 . De esta manera, la desobediencia a las autoridades regias no es sólo un delito político, sino que automáticamente se entendía también como un pecado cometido directamente contra Dios. Pero si dichas ideas habían de ser imbricadas en el entramado ideo- lógico general, era también necesario que fueran primero conocidas y luego asimiladas en los distintos niveles en que se configuraba la sociedad del Antiguo Régimen. Por ello se recurre a la edición de obritas que pudieran defender este fin. Muchas de éstas quedarán identificadas por su notable pragmatismo, que se manifiesta incluso en los mismos títulos, recurriendo 30 Miguel Anxo Pena González 63 Cf. L. Sánchez Agesta, El pensamiento político del Despotismo ilustrado, Madrid 1953, 109-113; Id., Introducción al pensamiento español del Despotismo ilustrado, in: Historia de España. Estudios publicados en la revista Arbor, Madrid 1953, 333-347; A. de la Hera, El regalismo borbóni- co en su proyección indiana, Madrid 1963. 64 «Los jesuitas tienen otro mérito igualmente grande. Además de introductores de la filoso- fía moderna, además de mexicanos, son humanistas, porque, como dice Gabriel Méndez Plancarte, lo mismo afirman los derechos y los valores perdurables del hombre, que descienden al estudio y remedio de sus necesidades concretas. Con ellos el pensamiento antropológico, que parecía haber perdido vigor después del siglo XVI, vuelve a ocupar un primer plano, con la diferencia de que ahora, gracias al influjo de la modernidad, el hombre comienza a ser considerado un fin en sí mismo. Por interés humano buscan en el pasado histórico la grandeza indígena y criolla, hablan nuevamente sobre la condición de los españoles, escriben contra la injusta esclavitud, establecen la libertad como derecho inviolable y piensan que el pueblo es el sujeto originario de la autoridad. Acerca del problema social de la Nueva España, aconsejan el establecimiento necesario del mesti- zaje. La misma reforma de los estudios y la nueva idea de la filosofía tienen por objeto crear en el hombre americano una inteligencia que, no mereciendo el título de bárbara, lo capacite para lograr su felicidad terrenal». R. Moreno, La filosofía moderna en la Nueva España, in: AA. VV., Estudios de Historia de la Filosofía en México, México 1980, 166. 65 Lo más sorprendente es que estas teorías, orquestadas desde toda la maquinaria oficial, logran ser asumidas como enseñanza oficial, incluso en muchos sectores de la propia Iglesia. Esto justificará que un número significativo de liberales considerara que la unión inseparable entre trono y altar era un ejemplo más del absolutismo. A ello había influido también la firma del Concordato de 1753, que había incrementado enormemente la burocratización de la Iglesia española y su dependencia constante del Estado.

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