BCCAP000000000000085ELEC

Su clásico, «oh, reyes, sois como dioses», pronunciado ante Luis XIV, se había convertido en un paradigma, a partir del cual se consideraba que la Monarquía absoluta había sido instaurada para el bien del propio hom- bre 58 . Y, si esto era así, la fuerte vinculación que el absolutismo promovía entre trono y altar, rechazando toda posible soberanía o pactismo popular, tenía como consecuencia concreta el rechazo radical de cualquier argu- mentación por medio de la cual el pueblo se pudiera alzar contra el sobe- rano —incluso cuando actuase de manera tiránica—. La cuestión era de capital importancia puesto que de esta manera todo se encontraba al ser- vicio absoluto de la Monarquía. Pues, como acabamos de indicar, «los reyes deben ser guardados como algo sagrado y los que descuidan su guarda son reos de muerte» 59 . Amén de ser considerados sacrílegos, como había señalado unas líneas más arriba. Desde estos argumentos era bastante fácil deducir algunas acciones contra aquellos que, ya fuera con su pensamien- to o con su praxis, cuestionaban de alguna manera estas ideas que se habían convertido en lugar común. La vinculación tan fuerte con los Borbones, por parte de España a lo largo del siglo XVIII llevaba también consigo que las prácticas absolutistas se fueran asimilando en la nueva realidad, aunque es cierto que la Monar- quía hispánica no había tenido un carácter sacro tan marcado, como había sido común en la gala 60 . Si en las décadas siguientes a la guerra de Suce- sión el pactismo clásico sigue configurando la organización entre el sobe- rano y los vasallos, en el último tercio del siglo XVIII y coincidiendo con la mayor difusión y traducción de la Politique tirée de l’Ecriture Sainte 61 , este cobra mayor fuerza produciéndose un significativo cambio político de control, tendente hacia el Despotismo ilustrado, especialmente en torno a la fecha simbólica de 1767-1768, ajustándose precisamente con las Reales Cédulas de extrañamiento de los jesuitas 62 . Ya en 1766 se habían produci- do en la Península una serie de revueltas que, desde los controles institu- cionales, habían sido atribuidos a la Compañía de Jesús. Un año después, cuando éstos sean expulsados de los dominios españoles se producirán diversas revueltas, entre las que sobresalen las de Nueva España. La acti- Confluencias teóricas y prácticas heterogéneas … 29 58 «En vuestra autoridad y sobre vuestra frente lleváis un carácter divino. El Altísimo ha ins- tituido vuestro poder para bien del género humano». Ibid., [lib. V, art. 4, prop. 1], 127. 59 Ibid., [lib. III, art. 2, prop. 2], 56. 60 Piénsese, a este respecto, en las propiedades milagrosas curativas y de sanación de los soberanos franceses a lo largo de la Edad Media. 61 Curiosamente, la primera edición al español había sido impresa en 1743, pero habrá que esperar más de veinte años para una segunda, que tendrá lugar en 1768 y, en 1789 verá la luz la tercera. 62 Cf. F. J. Bravo, Colección de documentos relativos a la expulsión de los jesuitas, Madrid 1872.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz