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Ometeca •XIII • 38 "Esta civilización, que crecía en complejidad étnica con cada nueva generación, adquirió coherencia gracias a las instituciones comunes de la iglesia y el estado, una religión y una lengua compartidas, la presencia de una elite de ascendencia española y una serie de supuestos subyacentes respecto al funcionamiento del orden social y político que habían sido reformulados y articulados en el siglo XVI por los neoescolásticos salmantinos." 27 2 La Argumentación Teológica Nos acercarnos ahora a la dependencia de las ideas políticas, que tienen una clara vinculación con los argumentos teológicos. La importancia de esta cuestión la puso ya de manifiesto, hace una década, el historiador del derecho, Bartolomé Clavero, cuando afirmaba que: "La religión no dirige ni determina, pero preside e inspira. Ante todo legitima. Ella es la que esencialmente sirve para el mismo discernimiento entre costumbres buenas y malas, vüiuosas y viciosas, admisibles y repudiables."28 De esta manera, resulta de trascendental importancia, ver teológicamente cómo influyó . .el regalismo, potenciado por los barbones, en la vida social hispanoamericana. Por otra parte, como sei'1alaba Clavero, de la Teología unida a la religión, como forma de presencia en todo el pueblo, se derivaban una amplia variedad de consecuencias en la organización social y política que tenía su manifestación más evidente por medio del campo de las leyes. Por lo mismo, casi a renglón seguido, Clavero afirmará en referencia a la estrecha relación existente entre Teología y Derecho: "Tenemos con todo elio distinción, pero nunca independencia, entre teología y derecho. El segundo, todo él, derecho entero, conoce y reconoce la presencia en la primera, de una teología que no se reduce a cuestiones ultra sociales, pero que tampoco invade c01npletamente ni ocupa excluyentemente el campo social. La una, la teología, establece directrices, mientras que el 27 J. H. ELLIOT, Imperios del Mundo Atlántico. Espai?a y Gran Bretaña, 1492-1830, Madrid. Taurns. 2006, 594. 28 B. CLAVERO, "La edad larga del Derecho entre Europa y Ultramares," en Historia. /11stitucioi1es, Dncumenros, n. 25 (1998) 138.

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