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Miguel Anxo Pena González 74 ISSN 1540 5877 eHumanista 29 (2015): 72-91 principios morales a través de la doctrina del probabilismo... (Vilanova 128- 129) No se puede olvidar, por otra parte, que el Humanismo, sin pretender ser un sis- tema de pensamiento, presenta múltiples preocupaciones e intereses de fondo, que van a permear en la urdimbre afectiva de los hombres del siglo XVI. El Humanismo pretendía encontrar nuevos caminos y métodos, nuevos instrumentos e, incluso, nuevas argumen- taciones. Pero, por muy extraño que pueda parecer, esto tuvo también unos resultados concretos en la Teología que tradicionalmente hemos definido como renovada, y cuya fundamentación estará basada en el principio básico de las Auctoritates . Esto no será impedimento para manifestar una fuerte preocupación social y práctica, fruto de una vuelta a las fuentes. Se concretaba también en una mirada que tenía como uno de sus referentes fundamentales la manera en cómo habían vivido las primeras comunidades cristianas, así cómo cuál había sido su comportamiento, mirada que había determinado acciones concretas, de índole apostólica, pero que había llevado también a una revisión de la teorización que sustentaba dichas acciones. Frente al método discursivo tradicional de la escolástica, que había ofrecido res- puestas eficaces a distintos problemas sociales y políticos en el contexto de la sociedad civil; que, por otra parte, basándose en el Derecho y la Teología, había servido para justificar el poder de los príncipes, incluso favoreciendo regímenes arbitrarios, se dará paso a una progresiva preocupación por el hombre y el individuo, defendido y valorado en sí mismo sin necesidad de ponerlo en relación con sus respectivos príncipes o sobe- ranos, un individuo percibido en relación directa con el bien común, sin por ello dejar que el hombre concreto se perdiera dentro de dicha lectura. 5 Las aportaciones serán diversas y de un calado manifiestamente diferente. Se trataba de servir al hombre como un ser total, global, lo que implicaba, a un mismo tiempo, referirse a lo material, pero también a su peculiar condición como individuo espiritual. 6 Tenemos un modelo claro en el catedrático de Santo Tomás de la Universi- dad de Alcalá, Pedro Ciruelo, tradicionalmente conocido por su obra de carácter cientí- fico y matemático, 7 pero que tendrá también una fuerte significatividad en relación con la teología. En concreto, publica una obra titulada Expositio libri missalis peregregia , 8 con la que intenta ayudar a la formación y espiritualidad cotidiana del clero diocesano, algo hacia lo que no se solía mostrar ninguna atención. De esta manera, Sánchez Cirue- 5 En referencia a esa interpretación escolástica, no se olvida cómo, el mismo Juan de Salisbury había intentado conciliar poder temporal y espiritual, estableciendo modos de convivencia para los poderes en conflicto, ya que el gobernante tenía como finalidad una enseñanza ética, denunciando a quienes vivían de las apariencias, sin cumplir el rol que Dios les había encomendado en la tierra. El ius resistendi apare- ce en el Medioevo como una alternativa a las disposiciones injustas de los gobernantes, carentes de vali- dez jurídica si no eran la expresión de un contenido de justicia, y no contenían un desarrollo de los pre- ceptos de la ley natural. Son muy conocidas al respecto las palabras de san Agustín o de santo Tomás de Aquino condenando como inválidas las leyes humanas positivas injustas que, además, se sustentaban en el hecho de que el gobierno debía fundamentarse en la división de la sociedad. 6 Este segundo elemento siempre resulta más difícil de explicitar, e incluso pareciera que no tiene la mis- ma importancia. Por ello hacemos sólo una única referencia, que pone en evidencia la unidad de conteni- do. 7 Acerca de esta sensibilidad científico-humanística, cf. Flórez Miguel, García Castillo y Albares Albares; Flórez Miguel, 1990 y 1999. 8 Sánchez Ciruelo, Pedro. Expositio libri missalis peregregia. Addita sunt [et] tria eiusdem autoris opus- cula. De arte predicandi, De arte memorandi et De correctione kalendarij . In praeclara universitate Complutensis: in aedibus Michaelis de Eguía, 1528. La obra parece que la completaría, años más tarde, con esta otra: Id. Hore minores clericorum, ad sensum ecclesiasticum familiari et plano commentarii declarate , s.l.: s.n., s.a.
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