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Miguel Anxo Pena González 82 ISSN 1540 5877 eHumanista 29 (2015): 72-91 mista medieval del hombre, considerando que la inclinación de éste, en cuanto tal, es buena. De esta manera, la concepción antropológica de Vitoria determina las conse- cuencias de su pensamiento. En el fondo, no se trataba sólo de un derecho a poseer y gobernar, sino del reco- nocimiento cabal de los derechos humanos del individuo: su valor y estatuto único. La argumentación más vil, aquella que optaba por considerar a los indios como estúpidos y torpes, sólo miraba a justificar los intereses de los conquistadores. Los académicos sos- tenían que no se podía incapacitar a los indios de su propio dominio, ni tampoco tratar- los como esclavos. La conciencia era que la libertad era equiparable a la vida, en la idea de que nadie es esclavo por naturaleza. 26 Este planteamiento se convertirá en lugar común en los autores, pues entre ellos podemos contar a Acosta, Salón, Sotomayor, Ledesma, Soto, Cano, Peña, Suárez, Freitas y Solórzano Pereira. Si realmente los indios hubieran sido esclavos por naturaleza, no hubieran podi- do gozar de dominio alguno, por lo que no hubieran sido legítimos propietarios de sus tierras. Pero el principio implicaba que todos los autores negaban que de la servidum- bre natural se pudiera hacer esclavos a los indios. La afirmación era una doctrina gené- rica tan extendida que la esclavitud no será aceptaba siquiera por aquellos que veían como válido el recurso a la fuerza. 27 En su afán por dotar a los naturales de una condición plena de hombres, Vitoria llegará a afirmar que, en algunas partes de la Península, había gente más ruda y con menos policía que los indios. 28 De esta manera, se muestra cómo se crea toda una con- ciencia, apoyada en una escuela de pensamiento, que se pronunciará taxativamente en contra de la esclavitud del indio, entendiéndolo como un reflejo o consecuencia directa del Bien Común, abriendo sólo la mano en el hecho de que pudiera existir una necesi- dad natural de ser gobernados por otros. 4. La guerra justa contra los naturales El segundo ejemplo, de los posibles, es también uno de los más recurrentes, tan- to en la reflexión de la época como en los estudios y monografías posteriores. Se trata de aquél que se refiere a la delicada cuestión de la guerra justa. Un principio que se re- montaba a la época clásica y que había intentado marcar unos parámetros de justicia y equidad, ante la facilidad de violencia y enfrentamiento existente entre los diversos pueblos y reinos. En relación a esta cuestión, podríamos decir que el Humanismo de corte cristia- no, que surgía también impulsado por las problemáticas sociales experimentadas en las Indias Occidentales, estaba fuertemente determinado por un pacifismo de signo racional y, por lo mismo, manifiestamente diverso del defendido por figuras tan singulares como es evidente que se está fundamentando en su pensamiento que, desde su argumentación, había sentado las bases para el desarrollo de un naturalismo humanista ( Relectio de indis … 18 [I, 1, 3]). 26 ―Nullus est natura servus… Superest respondere ad argument in contrarium, ubi arguebatur quod isti sunt servi a natura, quia parum valent ratione ad regendum etiam se ipsos. Ad hoc respondeo quod certe Aristoteles non intellexit quod tales, qui parum valent ingenio, sint natura alieni iuris et non habeant do- minium et sui et aliarum rerum; haec enim est servitus civilis et legitima, quia nullus est servus a natura.‖ (Vitoria, Relectio de Potestate civili ; en Cordero Pando 86 (―Antología de textos políticos‖). Por su parte, Juan Ginés de Sepúlveda había puesto de manifiesto que el sistema de la esclavitud, que era el que infor- maba la política turca, era una tiranía que iba contra los derechos del hombre. La consecuencia de la asi- milación de dichas ideas era que la ignorancia popular constituía o sustentaba el fundamento de la tiranía. 27 En relación con las aplicaciones concretas, cf. Pena González 2009b. 28 ―Unde quod videantur tam insensati et habetes, puto maxima ex parte venire ex mala et barbara educa- tione, cum etiam apud nos videamus multos rusticorum parum diferentes a brutis animantibus.‖ (Vitoria, Relectio de Indis , 30 [I, 1, 15]).

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