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Creación, desarrollo y restauración… 273 de los Seminarios no necesitaban examinarse en la Universidad, pero se intuía cierto valor inferior a los estrictamente universita- rios. Dichos planes no miraban realmente hacia las ciencias ecle- siásticas, sino hacia las humanidades de manera más genérica y, en concreto, hacia los estudios filosóficos. Se trataba de un ele- mento de perfecta continuidad con lo que se venía ya haciendo en otros países. En este estado de cosas, el 21 de mayo de 1852, la Reina siguiendo la propuesta de D. Ventura González Romero, ministro de Gracia y Justicia, promulga el Decreto de supresión de las Facultades de Teología, en los siguientes términos: “Se su- prime la facultad de teología en las universidades; los diocesanos organizarán los estudios teológicos en los seminarios, de modo y en la forma que lo tengan por más convenientes” 62 . La medida satisfacía a todos, al gobierno que veía una mane- ra adecuada de reducir sus gastos, y a los obispos que tenían la oportunidad de poder controlar y dirigir las Ciencias Eclesiásti- cas, en la línea que ellos consideraban más acertada. Al mismo tiempo, se cumplía el Concordato, que en el número 28, afirma- ba que los estudios teológicos eran competencia exclusiva de los obispos. En medio de un ambiente revuelto, el gobierno revolu- cionario, el 25 de agosto de 1854, publicaba un nuevo decreto en el que se restauraban los estudios teológicos, puesto que su supre- sión se consideraba como “con grave detrimento de la Instruc- ción Pública. La memoria de los grandes hombres que después de su establecimiento han prestado sus servicios a la Iglesia y al Estado” 63 , por lo que venía restaurada en las Universidades Cen- tral, Santiago, Sevilla y Zaragoza. El restablecimiento de las Facultades de Teología respondía a un interés de control por parte del Estado, que veía a los Semina- rios como una realidad peligrosa, y de difícil control. Este detalle vendría confirmado por la prohibición de recibir en los Semina- rios a alumnos externos, basándose fundamentalmente en la alta matrícula de los mismos. Un año más tarde, con fecha de 29 de septiembre, en esa línea de control, el ministro de Gracia y Justi- cia, D. Manuel de la Fuente Andrés, suprimía la enseñanza media 62 Véase V. de la Fuente, Historia de las universidades, colegios y demás establecimientos de enseñanza en España, Madrid 1889, 438-440. 63 Decreto Real de restauración de las facultades de Teología del Ministro de Gracia y Justicia (25-8-1854). Tomado de: M. Andrés Martín, La supresión de las facultades de Teología en las universidades españolas (1845- 1855) , Burgos 1976, 291.
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