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393 autores de la Escuela de Salamanca seguirán los principios marcados por santo Tomás de Aquino; así sucede con Vitoria, 94 Cano o Peña. Los dos últimos hacen notar que el derrocamiento de la tiranía sólo podría llevarse a efecto por parte del propio pueblo tiranizado. 95 Veracruz manteniéndose en la misma línea argumental, considera que la razón de ser de un gobernante es el bien del pueblo y, si esto no se da, su poder sería ilícito e injusto, razón por la que podría ser derrocado por sus ciudadanos, amén de aquellos que él considera que tienen una responsabilidad particular: el Papa, el Emperador y cualquier otro soberano. 96 Si, por el contrario, se diera el hecho de que los súbditos se rebelaran injus- tamente contra su soberano legítimo y rehusaran obedecerle, éste, después de amonestarlos, podría promover una guerra justa contra ellos. Así lo expresa Alfonso de Castro, autor especialmente importante en aquello que se refiere al derecho penal. Vitoria, por su parte, y siguiendo a su maestro Cayetano, recon- siderará también que es justo hacer la guerra para vengar a los aliados o pedirles ayuda para imponer la justicia en el propio territorio, ya que aliados y amigos son una misma cosa. 97 Vitoria insistirá también en la posibilidad de comerciar entre los pueblos, respetando su integridad, pero si esto fuera impedido por los bárbaros sería, según él, motivo de guerra justa, pero procurando causar el menor daño posi- ble. Al mismo nivel considerará el derecho de los cristianos a predicar el Evan- gelio, lo que podría ser causa de guerra justa, o como llegaría a pasar en las Indias Occidentales, motivo de esclavitud. Con todo, él mismo era consciente 94 Francisco de Vitoria, Relectio de Iure belli... , pp. 218 - 220 . 274 [I, 2 , 4 . II, 2 , 3 ]. 95 Melchor Cano, De dominio Indorum , p. 561 [quarta conclusio]; Juan de la Peña, De bello contra insulanos , I, pp. 260 - 262 [II, 32 ]. 96 «La razón de ser del rey es el pueblo; todo el dominio legítimo que el rey tiene deriva del pueblo. Por tanto, si no gobernase para el bien del pueblo, no tiene ningún derecho o poder legítimo. Entonces quien de esta manera gobierna tiránicamente mantiene un poder ilícito e injusto. Luego justamente se le podrá privar de él. Si no se le puede privar por otro medio que con la guerra, justa será tal guerra. En segundo lugar, es lícito a cualquiera liberar al oprimido. Ahora bien, los que viven bajo tiranía están oprimidos. Luego es lícito liberarlos a quien pueda hacerlo. Pero no hay otra posibilidad de liberación que la guerra. Luego la guerra será lícita. En tercer lugar, todos los ciudadanos que están bajo la tiranía de un rey pueden privar a dicho tirano de su poder mediante la guerra, sino hay otro remedio. También, pues, podrá hacerlo aquél a quien incumbe el cuidado del pueblo. Ahora bien, tal es quien tiene poder para hacer la guerra, como el Pontífice, a quien parece estar encomendado el cuidado universal en lo tocante al bien espiritual, y el Emperador quien en asuntos temporales parecida misión en la tierra, de lo contrario en vano llevaría la espada...». Alonso de Veracruz, De iusto bello contra Indos , pp. 295 - 296 [VI, 4 ]. 97 Francisco de Vitoria, Relectio de Indis , pp. 83 - 95 [I, 3 , 5 - 15 ]. el derecho de guerra justa en la «escuela de salamanca»
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