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379 Para que aquello que los diversos autores proponían fuera aceptado, recurri- rán a los argumentos que sostenían la demostración escolástica, partiendo de la fe, siguiendo con la razón y, si fuere necesario, recurriendo también a lo empí- rico. Si los argumentos de fe recurrían a la Escritura, a los Padres, a los cánones conciliares y a las decretales; los argumentos de razón, así como los empíricos no se centraban exclusivamente en aquellas fuentes o pensamiento más acordes a estas ideas, sino que los propios textos y hechos narrados por la Escritura servían también como argumento incuestionable de autoridad, en múltiples ocasiones. Estos autores, en mayor o menor medida, la situación bélica hacía que la teoría se pasara a ser una realidad eminentemente práctica, que se concretaba en una moral que pretendía regir y argumentar a partir de los principios racio- nales de la iustitia . Incluso cuando se compara la interpretación que teólogos y canonistas hacían de un mismo autor, se ponía de relieve la distinción de aquel que responde a unos principios de fe y, por otra parte, el que tiene que hacer una adecuada interpretación de unos textos, como es el caso del legista o del canonista. En la mayoría de los casos se trata de crear conciencia, de transmitir un pensamiento, lo que se solía hacer recurriendo a una casuística que, en el caso de las Indias, era múltiple y diversa, pero que también iba cargada de unos intereses manifiestamente dispares; desde aquellos que eran crematísticos a los que miraban a los espirituales, particularmente al bien común y de las almas. Así se explica que, el recurso a unas mismas fuentes produzca unos resultados diametralmente diversos, permitiendo estar a favor o en contra, a partir de una fuente común, en razón de la escuela concreta a la que se sintieran vinculados los diversos autores, que podían coincidir con las grandes Órdenes religiosas del momento, pero además con escuelas jurídicas o de maestros. Generalmente no se trataba de citas imprecisas, sino que éstas eran traídas a colación a partir de un dis- curso barroco, de carácter eminentemente compilatorio. Es preciso señalar que, en muchas ocasiones, ni siquiera los Padres serán citados directamente, sino que la fuente más significativa en casi todos los autores es el Derecho Canónico, que imponía límites pero que también abría posibilidades, ya que se trataba de argu- mentar y justificar la práctica que la Iglesia había mantenido a lo largo de los siglos. 5 . La guerra justa Con estos antecedentes, los autores salmantinos del siglo xvi , excepto alguno muy concreto, aceptarán la licitud de la guerra, recurriendo a las fuentes clá- sicas, particularmente patrísticas y medievales, considerando a Cicerón y san Agustín como columnas incuestionables, amén del recurso permanente a la Escritura, con una interpretación que se había ido consolidando con el paso del el derecho de guerra justa en la «escuela de salamanca»

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