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373 lección sustentaba sus ideas. La Iglesia asigna y provoca un papel mayor en la formación de la sociedad, porque la duración de ésta fue prolongada por la proyección de la vuelta del Señor dentro de un futuro indefinido. Esta, con sus imperfecciones, ha de ser una fuerza que dirija el futuro. Agustín intuyó una unión entre Iglesia e Imperio, pero entendiendo que la dirección estaría en manos de la Iglesia. Su comprensión estaba muy próxima a la de Eusebio de Cesarea que apuntaba al cesaropapismo de Oriente; Agustín tenderá a la teocracia papal de Occidente. 3 . El Medioevo: entre pecado y penitencia Las interpretaciones pacifistas mantuvieron su fuerza, en el panorama del pen- samiento occidental, hasta bien entrado el segundo milenio, aun cuando la Iglesia hubiera ya sacralizado algunos aspectos sustanciales de la guerra y de los ejércitos. Lo bélico se encontraba plenamente integrado en los rituales y en la ética cristiana. Durante la Alta Edad Media, esto no sólo afectaba a la guerra entre cristianos, sino también a toda forma de violencia contra los paganos. Los libros penitenciales ponen de relieve que la Iglesia no dejó de condenar a los combatientes que hubieran causado la muerte de un enemigo durante una confrontación armada. Con todo, las penas eclesiásticas se dirigían indistinta- mente contra aquellos que participaran en una guerra manifiestamente injusta, así como contra los que lo hicieran en un conflicto considerado legítimo y emprendido por un motivo justificado. Un ejemplo concreto lo tenemos en el Decretum de Burcardo de Worms, que contenía una serie de preguntas que el confesor debía hacer al combatiente. El cuestionario ponía de manifiesto la necesidad de imponer un castigo a todo aquel que se viera involucrado en una muerte violenta, independientemente de que se tratara de una guerra justa, por mandato de un príncipe legítimo, o en defensa de la paz. Tras la disgregación del Imperio Carolingio y del poder público durante los siglos ix y x , la caballería se convirtió en el enemigo declarado de los inte- reses eclesiásticos, siendo objeto de todo tipo de condenas por parte de las autoridades eclesiásticas. Eran los señores laicos, rodeados de sus catervas armadas, los que perturbaban la paz y el orden, abusaban de los campesinos, atracaban a los comerciantes y, sobre todo, invadían las tierras de las iglesias y monasterios, arrebatándoles sus dominios, violando sus derechos y apoderán- dose de sus rentas. A mediados del siglo xi , la Iglesia romana seguía afirmando que matar o herir en la guerra, por muy legítima y justa que fuera la causa, era una falta que merecía ser sancionada con castigos eclesiásticos. Las autoridades religio- el derecho de guerra justa en la «escuela de salamanca»
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