BCCAP000000000000076ELEC
Miguel A~o Pena González Una propuesta antiesclavista de Primera Hora: el "Servi Liberi"... La última conclusión a la que llega será uh.a deducción lógica y que estábamos esperan– do, porque también había llegado a ella Jaca en su razonamiento: la restitución en la perso– na de sus descendientes, así como la manumisióny el pago de todos los males sufridos como consecuencia de la servidumbre. Pero la restitución de la libertad implica incluso la obliga– ción por parte de los amos "a restituirles el precio de la libertad de sus padres difuntos y de los tra- . bajos y frutos y a compensarles todos los daños, según arbitrio de los prudentes. Porque todo esto_ es derecho de los negros descendientes de ellos, igual que el precio de sus trabajos, frutos y daños seguidos para los mismos hijos, los amos están obligados a restituirles todo eso, liberando a los esclavos, según arbitrio de prudentes y sabios, y no por la avaricia de los ciegos y por la malicia de los sordos, según doctrina de Santo Tomás que enseña: Cuando lo substraído no es restituible, debe ser compensado por algo equivalente, en cuanto es posible, como cuando alguien se apropia de un miembro de otro debe recompensarle o con dinero ocon alguna honorificencia, atendida la condi– ción de ambas personas, según el criterio de hombres buenos" 151 • Concluido este discurso, ya solo le queda proponer el juicio de los prudentes antes de pasar al siguiente capítulo. XIII. Sigue la obligación de la restitución Si en el capítulo anterior había abordado la restitución en razón de cosa injusta, en el presente lo hará a partir de la recepción injusta, por la cual entiende que se ha de devolver aquello que el amo no hubiera percibido para sí, si no hubiera conservado al esclavo en su poder y a su servicio. Paralelamente, si la cosa injustamente recibida la tuviera de mala fe, entonces, está obligado a devolver todo su precio y a recompensar todo el daño que el dueño ha padecido por su ausencia. Al mismo tiempo, si la injusta posesión es injuriosa, es decir contra la voluntad actual de aquel que es dueño de la cosa, la obligación de restitu– ción no sólo es en razón de la cosa sino también de la acción injuriosa. De lo cual se deduce que los señores están obligados a la restitución inmediata de los negros, aún si los hubieran tenido de buena fe y los señores están obligados a restituirles no sólo la libertad sino todos los daños que los negros hanpadecido por su carencia. Esta restitución tendrá carácter inte– gral, sin que se sitúe a favor del poseedor el largo tiempo transcurrido, ni siquiera en ningu– na de las etapas de la venta. Y si no tuvieran esclavos estarían obligados de todas maneras, porque muchas riquezas de las Indias han sido conseguidas injustamente por medio de los esclavos negros. Por tanto, los señores deben restituir todo, ya se hubieran enriquecido con esclavos o sin ellos, fueran posesores de buena fe o de mala fe. La duda sobre la legitimidad de lo adquirido exige total restitución; cuando no hay duda respecto a la posesión de mala fe no sólo deben devolver una parte según la cantidad de la duda, sino todo en cuanto pose– sión de mala fe. La restitución integral alcanza también a los herederos y descendientes de los esclavos negros. Los dueños están obligados a restituirles el precio de la libertad de sus padres difun– tos, sus trabajos, sus frutos y compensarles por todos los daños, según la opinión de los pru– dentes. Porque todo eso, dice Moirans, pertenece de derecho a los descendientes de los esclavos. Pero la restitución no será estricta si se impidió a otro alcanzar o poseer algo, pues- !SI Ibid. Revista Summa Historiae Año 2, Nº 2 67
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz