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Miguel Anxo Pena González Una propuesta antiesclavista de Primera Hora: el "Serví Uberi"... como consecuencia de la esclavitud injusta, consideraba que estaban obligados a pagar a los negros el precio del trabajo realizado. Por otra parte, si la libertad era un bien superior, no lo era menos el concepto de salvación, mediante el cual tanto el capuchino como el ara– gonés sacaban los últimos resultados de su argumentación. La primera conclusión la obtiene de Reginaldo, y no necesita ningún comentario: "Si alguien está obligado a restitución P.or razón de cosa injustamente recibida, y la retiene todavía junto a sí, está obligado a restituirla cuando descubre que fue adquirida injustamen~e, aun cuando la hubiera adquirido de buena fe, ignorando invenciblemente o probablemente que fue recibida injustamente 1 ' 1 " 6 .Esto se completa con la segunda conclusión, en la que tiene presente el magisterio de Domingo de Soto y Luis de Malina, pero tomando también nota de la obra de Reginaldo: "Si aquél que está obligado a la restitución de cosa injustamente adquirida la obtu~o por mala fe, está obligado no sólo a restituir la cosa misma sino también a reparar todos los daños que, por su carencia, sufrió entretanto, el verdadero amo. La razón es que el poseedor de mala fe · está obligado no sólo por razón de la cosa recibida, igual que el poseedor de buena fe, sino también por razón de recepción injusta, en cuanto poseería la cosa ajena con mala fe, y la recibió con ese título ya de compra ya de venta u otro" 147 • De idéntica forma sigue exponiendo la opinión de Reginaldo, obligando a la restitución siempre que la parte contraria todavía esté viva, hasta la sexta cláusula. A continuación va a responder a cada una de ellas, utilizando la misma lógica de los apartados anteriores. Entiende que en el caso de los españoles y portugueses no será sufi– ciente con restituir lo que deben, sino que aun en caso de ignorancia (siguiendo el razona– miento de Antonino de Florencia 1" 8 ), están obligados a hacerlo, sin tener en cuenta el momento en que nos encontremos, ya sean los segundos o terceros compradores; además "como en Indias, todo se ha comprado con sangre de negros y han colmado de injurias a los mis– mos, todos están obligados auna restitución íntegra y no tienen ninguna excusa por razón del largo tiempo, pues como se dice en De regulis n. VI: No se confirma por paso del tiempo lo que, al princi– pio, no tenía base. Más, la obligación es mayor por la demora en la restitución, demora que los hace poseedores de mala fe, aun cuando, al comienzo, lo hubieran sido de buena" 149 • La respuesta moral es ciertamente radical, ya que afecta incluso en el caso de que ya no posean esclavos: "que, aunque fueran poseedores de buena fe y ya no tuvieran a los esclavos, están obligados a restituir todo en lo que se han hecho más ricos. Y, como todas las riquezas de Indias se han obtenido por medio de los esclavos, están obligados a restituir todo eso; y~ como son poseedores de mala fe, por esta norma, tenemos que están obligados adevolver todo el precio de los negros y compensarles todo el detrimento sufrido por los negros, y todo, sea por símismos o por sus descendientes herederos, por sus sucesores opor aquello aquienes pertenecen derecho en esto coin– ciden unánimemente todos y se hayan enriquecido ono por los negros se hayan deteriorado ypere– cido ono" 150 • 146 Servi liberi, n. 123. H? lbid. 148 Cf.Antonino de Florencia, Summa theologica lI pars, tít. 1, cap.12, §.16, Venetiis, 1474, 58r-59v. H 9 Serviliberi, n. 125. ISO Ibid. 66 Revista Summa Historiae Año 2, N 2 2

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