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74 estaba en riesgo la propia vida; intuyéndose ya aquí un tema de crucial importancia como es el de la libertad religiosa, frente a otro tipo de poderes civiles. Suárez defendía que si los súbditos de dicho soberano, se atenían a las órdenes de su rey natural, tendrían que renegar de su condición de católicos en su obediencia al Papa, por lo que serían herejes y cismáti- cos; por el contrario, si aceptaban las leyes y directrices del Papa y de la jerarquía católica, tendrían necesariamente que rechazar el juramento de fidelidad , por lo que perderían sus bienes y derechos, e incluso la propia vida. La cuestión era realmente apremiante y, en ella se veía con claridad que la línea de pensamiento mantenida hasta ese momento por el pensa- miento hispánico, identificada en las figuras de Francisco de Vitoria y Juan Luis Vives no eran ya válidas y convincentes. Ya no era suficiente con los planteamientos de corte evangélico en los que se hacía referencia a la paz y, de manera más significativa, a la concordia como medio eficaz para la solución de los conflictos. Aquellas hermosas teorías de primera hora eran ya un ideal y una utopía difícilmente alcanzables. Jacobo I situaba la cuestión desde la clave de la independencia, res- pecto a las injerencias permanentes de la Corte pontificia. Según él, se trataba de la pura y simple obediencia civil y política que todos deben a su rey natural. Así, para él, la “obediencia civil” era sencillamente un deber ciudadano, y que, Suárez, como oposición llamará “obligación política” 105 . En el caso del soberano británico, está planteando una única posibi- lidad, que supone la obediencia incondicional y abiertamente pasiva, que comprendía no sólo la conducta externa en el funcionamiento social civil, sino la opción personal religiosa que, lógicamente implicaba un concreto comportamiento moral y ético. De esta manera, y con gran sutileza, el anglicano llegaba a entrar en la conciencia y motivaciones más íntimas de sus deberes como ciudadanos, lo que además justificaría con el recurso a que la interpretación válida de la Escritura estaba reservada al propio monarca y al Parlamento. Jacobo I lo expresa con gran claridad en su obra: “Los súbditos deben obedecer al rey como vicario de Dios en la tierra. Cumplir las órdenes del Rey como ministro de Dios, salvo cuando estén en contradicción flagrante con las órdenes de Dios. Respetar al rey como juez propio que Dios les ha dado y que sólo es responsable ante Dios, lo mismo cuando juzga que cuando rinde cuentas de sus juicios… Temer por fin al rey como vengador de las injusticias, amarlo como padre, rezar por él como patrono: si es bueno, para que dude; si malo, para que vuelva en sí. Cumplir con prontitud sus órdenes justas, y en las injustas huir de su furor sin enfren- 105.  Dicha expresión aparece constantemente en el libro sexto de su Defensio Fidei , que lleva por título: «De iuramento Fidelitatis Regiae Angliae», cf. SUÁREZ, F., De iuramento fidelitatis. Documentación fundamental , PEREÑA, L. – ABRIL, V. – BACIERO, C. (eds.), Madrid, CSIC, 1978.

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