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MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ R. I ., 2001, n.º 223 712 aquellos a quienes aun su prelado no puede detener forçosos Vuestra Magestad permita tal disposición. Y no puedo creer que tan Cathólica Magestad quiera impedir las disposi- ciones de los prelados ni recursos a ellos; pues no fue deçente a la real piedad [1v] este género de violencia, ni tampoco es conveniente a la mesma missión, para que lo que pareçe puede ocasionar sus augmentos solicita con maior instancia su fin; porque es cier- to se retirarán los religiosos de acá y de allá de tan loable empleo. Vuestra Magestad se sirba mandar se derogen [ sic ] dichas cédulas o cédula, para mayor consuelo de quienes desean subir a su celo tan cathólico. Cuios serbicios se augmentarán disponiéndose estas cosas de la missión de diferente suerte que asta aquí. Donde no preveo estar muy sugetas a su defendibilidad. Quien la Divina Magestad cumpla y con lo que a mi incumbe con apostólico exerci- cio, y no otro. Digo esto porque se me ha imbiado el Señor por la obediencia santa como obeja entre los lobos, caso que lo fueran; amos que si no son tales; pero sea o no así, la atracçión de ellos, me enseñan los primeros missionarios a la ley de gracia, no ha de ser extensiva, sino charitativa, agradable y humilde. Pues Nuestra Madre la Iglesia no quiere hijos violentos, ni que sean atrahídos a fuerça de braços, como entiéndese ha hecho algu- nas ocasiones, y aora no se si abrá quién lo aga, todo contrario a la apostólica enseñança, a que no asentiré, ni desde ahora asiento. Vuestra Magestad me perdone, que puede creer en todo sólo busco la mayor honrra de Dios, y segundariamente el serbicio de Vuestra Magestad a quien guarde el cielo. De Caracas y diciembre a 2 de 78. Soberana y Real Magestad. De Vuestra Magestad el más humilde capellán que sus pies besa. Fray Francisco Ioseph de Jacca Capuchino [ rubricado ] [ en hoja independiente ] Caracas1 de diziembre de 1678 A Su Magestad Fray Francisco Ioseph de Jacca Capuchino, a cuyo cargo están las misiones de Cara- cas y Cumaná Refiere por menor lo que aquellos pobres indios padecen el curso que han tenido desa su principio, su tasa y demora, y quánto han procurado y procuran todos los minis- tros ocultar con aparentes razones se sobresea en su alivio y buen tratamiento, y en fin dice conviene se execute la últimamente que resta está despachada, publicada en aquella ciudad, sólo a fin de que siendo antes de la salida del Patache se diere quenta de ello a Su Magestad por que nada tiene cumplimiento. Y que es menester publicar en todos países la libertad de aquellos indios. Añade en papel aparte y suplica se sobresea y reboque lo resuelto en dicha ciudad que llevó el obispo para que ningún religioso capuchino pueda venirse, pues esto ni es justo ni conforme a razón spiritual [ sic ] y política. Consejo

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