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CONTiNGENCIAS FRONTERIZAS BAzTÁN-BIDARRAY Si Bidarray paga y Baztán disfruta de cierta gratuidad es por la diferencia notable de aprovechamientos: las 30 casas vecinales del siglo XVIII han recrecido hasta alcanzar 160, con un censo de población oscilante entre los 800 y 1.000habitantes (descenso, a principios del siglo presente, hasta unos 700); su cabaña ganadera invade los pastos a proporción, en tanto que al cashero baztanés le cuesta despertar de su remolonería. Desde el año 1949 se establecen idénticas condiciones faceras para . ambos contratantes, tanto respecto al número de reses admitidas a compas- cuidad, como respecto de las multas por infracciones y extensión en profun- didad del término facero, desde la línea divisoria, que es de 5 km. entre mugas, salvo en casos como el de Bidarray, en que, por lo reducido de su término redondo, se considera facero totalmente. El 7 de mayo de 1964 celebra el valle de Baztán sus últimas facerías con las comunidades colindantes de Sare, Saint-Pée sur Nivelle, Amhoa, Itxas- sou, Bidarray; se firman, excepto la de Sare, en la borda Burkaitzea (Baz- tán); la de Sare, como la posterior con Baigorry, se concertaron en Elizondo (7 de julio). No se limita, como en los convenios precedentes, el número de cabezas de ganado vacuno ni de lanar, salvo los moruecos (carneros padres) que en ningún caso podrán ser más de 30, ni podrán exceder dicho número tampo- co las reses de caballar, por lo que respecta al convenio Baztán-Bidarray. Actualmente, perdida la razón económica de dichos contratos, se procu- ra sustituir su razón sociopolítica con otro linaje de relaciones personales en ferias, mercados y fiestas patronales. APÉNDICE I Año 1748 Año de 1748. Ess" admitiendo a varios particulares de Vidarray (sic) al goce de yerbas y aguas, pagando. "Se hizo en el parage de Basasagar o Urbacura" (carpeta). En el puerto de basasagar o URBACURA, jurisdición del Valle de Baztan, dia diez y siete del mes de Junio año de mil Settcts. quarenta y ocho ante mi el esc0(escribano)y ttes(tig)os que auajo seran nombrados, fueron constituidos en sus propias personas, de la una parte JUAN MARTIN DE ECHENIQUE cuio es el Palacio de su apellido en YARBIL de la Parroquia de Errazu, Juan de GARAICOCH ERRORENA, Jurado de dho lugar, Pedro AROZARENA JUANGOTENA, vecino de él y Antonio de ECHENIQUE y LATTADI, vecino de Arizcun, diputados y nombrados en Junta Jeneral de dho Valle celebrada el dia quatro de el comente mes y año, para lo que en la prosecución de esta es(critu)ra se dirá; y de la otra, Miguel de ECHEZURI Lazo, Domingo Turchil, Esteban Armes Landibar, Juanes Zaldain,Juanes Bordabeni, Bernartt BIZARZURU (Biza- razu?), Juanes INZABI,Pedro LIXERO; Juanes URDABURU, Juanes OTSSONDOBURU, Domingo LANTIRANTON, Maria GAZTECHO, criada; Juanes OIANARTT, Juanes NARRO, Ramón PINO, Juanes BURUZURI, amón LAZO GARAY, Graciana de NOBLERENA, Ramón M&I, Sabatt ITURRAL- DE ECHEANDIA, Maria NARRO, criada, Bernatt ELIZAGA, casero en dorniechea; Matheo ARAM- BURU, casero de PUCHUA,Martúi NOBLEAMENDIBURU, Martin ERRECART, Martin SASTRE, y Juanes PERENAUIT dueño mozo de la casa de este nombre, todos vecinos de dho lugar de Vidaray. Y dijeron dhos diputados de BAZTANque ussando de dho su poder, daban y con efecto dieron como por via de awendacion para tiempo de siete años los que correrán desde oy fecha de esta es(critu)ra en adelante; y se acabarán en semejante dia de el año que viene de mil settcs. cinquenta y cinco, las yerbas y aguas, de sol a sol, de los términos y lfmites que auajo se nombrarán en lo de este Valle, con la obligación de pagar por cada uno de ellos y a su conclusion al Thesorero de Baztán que es o fuere, lo siguiente:

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