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EULOGIO ZUDAIRE HUARTE yndecencias, baxe el dicho abbad a ofrecer a las mugeres al último escaño, que es el puesto donde se acostumbra comúnmente hazer el dicho oferto- rio; y así lo cumpla, so pena d e dos ducados»; a fin d e que el desfile femenino hasta las gradas del altar no perturbe la devoción d e los asisten- tes. De singular relieve es la mención del campaneo la noche d e San Juan, como si los demás del año no contaran: «5 grosses en el día de Sant Joan, para los que tayneron las campanas» (a. 1551); d t e m a los que taynieron las campanas en la noche de Sant Joan Baptista, hun real d e plata» (a. 1561): d t e m a los que taynieron las campanas vísperas d e San Joan, un real» (a. 1564). cItem un real d e tañer las campanas en la noche d e Sant Joan» (a. 1570); hasta que en 1598 el visitador licenciado D. Felipe d e Obregón ordena: «Item que ninguna personal so pena d e excomunión y d e un ducado por cada vez, taña las campanas desta yglesia después que anocheciere hasta que amanezca en la festividad d e San Joan ni en otras, si no fuere la noche d e Navidad, ni por los difuntos cuerpos presentes, ni después d e comenzada la misa hasta el Sanctus» (f. 202 y 203 v). Puede suponerse que, sin el estruendo jaranero y derrochador de las verbenas actuales, en Arteyz se celebraba la noche de San Juan con las hogueras y el bullicio de otros pueblos de la Montaña y d e la Ribera; y hasta las luces del amanecer, a juzgar por el campaneo 47. Aunque cronológicamente, d e acuerdo con los mandatos del arcipreste d e Ibargoiti, el visitador Miguel d e Ollacarizqueta, debieran haber prece- dido a cuanto antecede ciertas costumbres funerarias, con ellas cerramos el presente epígrafe por su singularidad. ~ I t e m ás, mandó el señor arcipreste al dicho rector que el suelo d e la yglesia tenga llano; y si alguna sepultura se abriere en la yglesia, haga depositar en su poder una prenda para que pasados los nueve días del enterramiento, se igoale y allane con el otro suelo a costa de la dicha prenda, so pena d e seis libras fuertes». d t e m más, mandó el señor arcipreste a la mayor parte del pueblo, delante el dicho rector, que nenguno sea osado d e poner ni echar yerbas ni flores sobre las sepulturas, ni pongan pan ni vino si no fuere para offrecer, so pena d e seis libras fuertes». «Item más, mandó el señor arcipreste al dicho pueblo que no ponga paynos ni sábanas sobre las sepulturas más de nueve días, hasta que se allane la sepultura del énterrorio, sopena d e quoatro libras fuertes» (a. 1545, f. 21). El allanamiento d e las tumbas a los nueve días d e la inhumación quedará explicado por cierto detalle que luego se indica. Colocar paños o sábanas mientras no se aplanara es comprensible: para evitar la dispersión d e la tierra al paso d e los transeúntes, por el templo. Entre los indios del Ecuador todavía hasta hace no muchos años existía la costumbre d e compartir en el cementerio con sus difuntos, la noche del uno al dos d e noviembre. bebida y companage. N o me atrevo a mantener 47. JOSE MARIA IRIBARREN recogió algunas demostraciones de esta fiesta solsticial, apenas cristianizada, en El Folklore del día de San Juan, rev. «Príncipe de Vianan 7 (Pamplona, 1942), 201-219, con apéndice d e 29 citas bibliográficas.
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