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LA ABADIA DE ARTAIZ, ANTIGUO SENORIO, EN LAS VISITAS PASTORALES bendición del sacerdote que la dize». Y el abad de Arteiz habrá d e dar cuenta al vicario diocesano d e quien faltare a lo ordenado (a. 1565). Es la traducción práctica del visitador, licenciado Diego de la Cantera, a las orientaciones de su principal, el obispo D. Diego Ramírez Sedeño de Fuenleal. Dos casos que revelan, no precisamente irregularidad, sino desavenen- cia conyugal: el d e los vecinos d e Arteyz, Martín Ochoa y Charles Ansogorri, que viven separados de su respectiva consorte. Al primero dio el licenciado Obregón tres meses d e plazo para readmitir a su mujer y «haga vida maridable con ella y la tracte bien, como está obligado* (a. 1600); al segundo, casado con Margarita de Abínzano, impone la misma obligación el licenciado Juan Ezquer (a. 1603) so pena d e excomunión mayor y d e 20 ducados para la cámara y fisco del señor obispo. Y en cada uno d e ambos casos se advierte que si quisieren vivir separados «como agora lo están», no se les admita, ni en Arteyz ni en ninguno d e los pueblos vecinos, a misa, rosario, vísperas ni novenas. Y si persistieren en su obstinación, que se dé parte al señor obispo de Pamplona o a su vicario general. Como cada caso se cita una sola vez, lógico es suponer que ambos mudaron d e conducta. En las cuentas d e data se mencionan la romería anual a San Miguel de Izaga a donde se peregrinaba el día tercero de Pentecostés y en el que, d e los frutos primiciales, se obsequiaba al pueblo con pan y vino (tres reales d e pan y tres cántaras de vino en 1554, f. 37). Y algunas procesiones d e penitencia: se bebieron «cuatro cántaras d e vino en la colación del do- mingo de las ledaníasn (a. 1541); «item, dimos quoatro cántaras del sobre dicho vino al pueblo, para comida de las ledanyas ... Y más, dimos d e la dicha primicia, cántara y media para la colación del domingo d e las ledanyas. Item a Martín Ánsogorri,-robo y medio d e trigo para 61 pueblo» (a. 1554). Cesa esta galantería de la parroquia d e San Martín con el pueblo d e Arteyz cuando el visitador general d e todo el obispado, el licenciado Rodrigo Ruiz d e Navascués anuncia: «Primeramente, por quanto por derecho y concilio está determinado que d e los diezmos ni primicias no se gaste cosa alguna en comidas ni colaciones, mandamos a qualesquiera personas de qualquiera calidad, dignidad y condición que sean, así eclesiás- ticos como seglares, que desde la Candela en adelante, no se gaste d e los dichos diezmos ni primicias cosa alguna en comidas ni colaciones, so pena d e excomunión latae sententiae y d e quatro ducados para la fábrica d e la misma yglesia; y que no se rescebirá en cuenta lo que así se gastare. «Y si el pueblo contraviniere, se pone eclesiástico entredicho; y si por quitar lo susodicho, .alguno no dezmare o primiciare o ofreciere como suele, se le pone pena común latae sententiae; y que ningún clérigo ni religioso lo absuelva, sino que acuda a su señoría reverendísima o a su vicario general» ( 4 d e septiembre de 1567). Penas gravísimas, como de pecado reservado por asesinato de un clérigo o profanación del templo. El ofrecer («si alguno no ofreciere como suele») parece referirse a la limosna que solían dar las mujeres durante el ofertorio d e la misa, al tiempo d e besar el manípulo del sacerdote. Y a este respecto dispuso otro visitador, don Joan Hualde y Hermosa: «para evitar inconvenientes e

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