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pazto a los puercos, so la pena de pagar por cada pie de robre un florin de moneda conforme la hordenanza antigua y por cada pie de aya medio florin, aplicada la dicha pena para la bolsa comun. E que no tenga el tal que incurriese en la dicha pena misericordia ny gracia; empero si por casso algunos lugares o lugar tubieren necesidad para el gozamiento de sus ganados de hazer alguna tala en los montes comunes de la dicha tierra en sus endreceras, que en tal casso dando parte al al- calde y jurados de la dicha tierra y con su licencia puedan cortar y talar o quitar las cortegas a los arboles en el termino que les sera designado y señalado. Ordenanza 15 Sobre corte de fresnos y acebo Ottrosy fue y es hordenado que de aquy adelante ninguno pueda cortar por pie ningunos fresnos ny azebos ni descortezarlos para dar de comer al ganado ny para hazer liga, so pena de un florin por cada pie que cortaren ( o ) descortezaren, aplicado para la bolsa comun de la dicha Valle. Ordenanza IG Sobre el vaziar y coger de la bellota Ottrosy asimesmo se hordena que de aquy adelante ninguno ny algunos sean ossados de baciar ningunos robres en los terminos comunes de la dicha tierra ny puedan coger bellota, so pena de perder lo cogido y de dos florines de moneda por cada vez que se hallare baciando o cogiendo bellota y lo que obiere cogido ysse hallare se le quite y sea para el que se la quitare y los jurados cada uno en sus lugares hagan visita en las cassas, y personas que tubieren sospecha y sy hallaren (Página 15) algunos que ayan contrabenido, agan pagar la sobredicha pena. E bien asy en los años que hobiere pazto de bellota o aya en los terminos comunes de la dicha Valle, para que el dicho pazto se guarde y conserbe se dé horden de guardar el ganado para que no entre en el pazto ni aga daño durante el tiempo que fuere señalado, so la pena que para esto se pusiere el día de San Miguel o antes o despues. Como se an de bender los paztos E assi bien se hordena que quando obiere abundancia de pazto en los terminos de la dicha balle, se aya de mirar y reconocer aquel por quatro hombres expertos nombrados por el alcalde y jurados, uno en cada quarter y desque se haya hecho el dicho reconocimiento en todos los terminos y montes, los dichos quatro hom- bres bengan a dar cuenta y razon al alcalde y jurados de la dicha Valle quanto pazto ay y en que endereceras y para quantos puercos y echa esta diligencia los jurados en cada lugar tomen la razon de los puercos que ay y traygan a la Junta y Concejo que para esto se hordenare por el balle y jurados; y se saque el numero de puercos y cochinos que ahay en la dicha Valle; y sy se hallare que ay abundancia de pazto como en el repazto y demas desto sobre que todo aquello quessobrare de pazto abastecida la tierra se aya de bender y benda y su precio se emplee en ussos y cargos de la dicha balle. Y quando en los terminos de la dicha balle no hubiere pazto bastante para los puercos de la dicha tierra y obiere pazto en AI- duyde, que en este casso el alcalde y jurados de la dicha Valle o la mayor parte dellos tengan poder y facultad de hordenar y mandar que de cada lugar de la dicha

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