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ante nos e los alcaldes de nuestra dicha corte mayor en juycio nos suplicó para que mandassemos leer y ver y prober en y acerca dello de justicia y debido remedio Linea 20 poniendo en ellas y en cada una dellas nuestro decreto y autoridad real y para ello nuestro Real officio imploró; y nos, admitida su dicha petición y a suplica- cion del dicho Johan Burges mandamos ler las dichas ordenancas que de suso van encorporadas ante nos y los alcaldes de nuestra corte mayor, publicamente, del Línea 25 principio ata el fin y visto que para entre los vezinos del dicho lugar y villa son necesarios, obimos decretado y mandado en cada capitula dellas mandando las ad- mitir y admytimos para entre ellos a los quales dichos vezinos de la dicha villa o lugar de licondo mandamos que las obserben y goarden de aqui adelante, segunt su serie y thenor, so las penas en ellas contenidas, en las quoales dichas ordenanps o coptos ponemos nuestra auctoridad y decreto Real; en testimonio (Página 13) dello mandamos dar y dimos las presentes, firmadas de los alcaldes de nuestra cor- te mayor y señaladas con el sello de nuestra chancilleria y refrendadas por el nota- rio infrascripto. Dada en la nuestra Ciudad de Pamplona, so el dicho sello, a viernes quinze dias del mes de febrero del año de mil quinientos quoarentn y quoatro años. El licenciado Ollacarizqueta, Doctor Durango, Doctor Ma i~a .Por mandado de sus magestadas los alcaldes de su corte mayor. Gil de Ollacarizqueta not0-Co- regido y concertado con el original por mí, Miguel de Equay(rb.) «Don Miguel de Vicuña Cocaya cuyos los palacios de Co~aya y Arrayoz, Caua- llero del hauito de Santiago, alcalde y Juez OrdinOTrienal desta Valle de Vaztan. Joan Valle (baile) de la dha Tierra o vuestro lugar teniente os mando. (Página 1 ) «En el nombre de Dios y de la Santisima Trinidad. Estas son las ordenanzas cotos y paramentos antiguos y biejos, hechos y ordenados por la tierra unibersidad y valle de Vaztan, Para el bien, gobierno, utilidad, bienestar y probecho de los vezinos y moradores de la dicha Valle y de los vienes y propios della y agora nue- bamente recopilados enmendados añadidos y corregidos. Por don Pedro Arrayoz de Cocaya, cuyos fueron los palacios de Cocaya y Arrayoz, alcalde de la dicha Valle ya difuncto y don Pedro de Jaureguigar cuyo es Jaureguicar de Yrurita, Joan de Echenique cuyo es el palacio de Vergara y Martin de Eli~ondo escribano real, vezino de Elicondo, personas nombradas por el alcalde, caballeros gentiles hombres, jura- dos, vezinos y concejo de la dicha Valle en Junta y concejo general pleno y abierto el dia de San Miguel de Septiembre, del año pasado de mil1 y quinientos nobenta y nue- be y de nuebo otra vez agora vistos corregidos y aprobados con acuerdo y deliberación

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