BCCAP000000000000050ELEC

«Pedro de Vicuña y de Cocaya, Martín de Eliqondo, Don Miguel de Azpilcueta, Ssimon de Jaureguiqar, Joan de Echayde, Joan de Estebecorena, Joan de Echenique, Don Ojer de Ursua, don Joan de Ordoqui, Joangote Belateche, el bachiller Jáuregui, el bachiller Echenique (con sus rúbricas). Passó ante mí, Miguel de Narbarte ( rb . )» . El martes, tercer día de Pascua de Pentecostés, a veinte días del mes de mayo del año mil seiscientos tres, Miguel de Narbarte, escribano real y del juzgado y regimiento de la univer- sidad y valle de la tierra de Baztán, leyó y declaró y dio a entender lo con- tenido en las precedentes ordenanzas, cotos y paramentos, item por item, cada cosa de por sí; e informados de su tenor, respondieron alcalde, gen- tileshombres, jurados y vecinos presentes en Junta general y Concejo público y abierto, que oían, loaban, aprobaban y tenían por bueno todo lo contenido en los dichos cotos y paramentos y que querían y era su voluntad se obser- ven, ejecuten y guarden enteramente, siendo de ello testigos Juan de Eche- nique, baile principal y Simón de Jaureguízar su teniente y otros muchos que se hallaron en aquel acto. De las llamadas «Nuevas Ordenanzas», varias son paralelas a algunas que ya quedan comentadas de las de Elizondo. Ejemplos: 34 de Baztán a 17 de Elizondo; 35 a las 14, 15 y 18; 36 se corresponde con la 19; 37 con la 23 de Elizondo; 38 con la 12; 40 con las 20 y 21; 41 con la 24; y 42, con las ordenanzas 1, 2, 3 y 25 de dicho lugar y villa. Todas ellas, éstas y las restantes disposiciones, parecieron tan atinadas que trascenderán hasta las más modernas Ordenanzas, salvo excepciones que se indicarán. Constituye novedad la cláusula o capítulo 33 que prohibe cortar el he- lecho hasta pasada la fiesta de Nuestra Señora de septiembre, so pena de diez ducados. Por la ordenanza 39, de las de 1603, se delega en el alcalde y jurados la arrendación del mercado, a remate de candela" o por otro procedimiento; y la fijación de precios del pan, cebada, aceite de ballena, truchas y otros bastimentos; el precio del vino se determina por San Martín de noviem- 20 Al comenzar la subasta se encendía una candela y se adjudicaba a l postor cuya puja se mantenía a l extinguirse. "E! dicho provisor y procurador (del monasterio de Urdax, fray Pedro Mendiondoa) hizo poner y puso una candela encendida de cera en una mesa, en un cuchillo i y estando aquella encendida, ... muchas personas del dicho lugar y de fuera d'el prometieron y dieron sus pujas, unos más y otros menos, en que el último pujador, que es Pedro de Eugui, hixo de Xemeno de Eugui, vezino del dco. lugar, estando la dicha candela encendida y pujada la dicha arrendación en ciento y diez ducados, pro- metió y dio otro ducado más. Y assi dio y prometió ciento y once ducados y con tanto murió la dicha candela y quedó por él la dicha arrendación" de todos los frutos y prove- chos que tenía el monasterio de Urdax en la rectoría del lugar de Eugui. "Arrendamiento de frutos de Eugui", 4 de junio de 1551. Notario, Pedro de Elizondo. Archivo de Protocolos de Navarra (APN). Pamplona.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz