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Por otra parte continuaban sin amojonar los 27 seles que el valle había reconocido dentro de su jurisdicción como de propiedad monástica, omisión que estaba causando muchas desazones y pleitos, porque el busto de Anime- lia fácilmente se desmandaba fuera de sus límites. En tanto que el monas- terio prefiere que se haga la demarcación conforme a la medida del fuero, replican los comisionados baztaneses que no puede aceptarse tal procedi- miento, por no estar en uso ni observancia, sino el de hacer las mediciones conforme al uso y costumbre que se venía practicando en el valle. En el busto de Animelia, vacas ajerizadas de Labourd. Como haber conseguido un arriendo más ventajoso que el previsto fue obra y habilidad de los canónigos de Urdax, sin parte alguna de la comunidad baztanesa, y como la ferrería Baqueola había dejado de trabajar, por causa de la guerra, cuatro meses y una semana, con mengua no menor de 116 ducados y treinta tarjas y la rata por dicha semana, renuncian los deman- dantes a toda reclamación, sin más exigencias que la de que sean acotados los 27 seles por personas expertas, la de dejar la pared de la vivienda a me- dias para ambos contendientes y la de obligarse el monasterio a reforzar la pared de la presa y de la acequia con grandes piedras, a su costa 23. Ambas ferrerías, vieja y Baqueola, continuaron corrientes y labrantes hasta el año 1636, a beneficio arrendado de sus respectivos dueños: la vieja, en provecho exclusivo del monasterio; y la nueva, mitad por mitad con el valle. Uno y otro, Baztán y convento, celebraron en la mejor paz y armonía convenios faceros, de hasta por 16 años de validez, con los fronterizos fran- ceses «Añoa, Ezpeleta, Issasu, Larrasoro y Cudayre» (hoy Sourayde) en 1609 y en 1632; y con arrendatarios particulares la explotación de su indus- tria ferrona. Así, por ejemplo, con Joanot de Araneder, vecino de San Juan de Luz, en tierra de Labort, el 7 de octubre de 1622, para el trienio 1624- 1626 (el anterior arrendamiento expiraba por San Juan de 1623 ) . Por cada una de las ferrerías habrá de pagar 400 ducados anuales: 600 serán para la comunidad premonstratense y 200 para la universidad de la tierra y valle de Baztán. Se autoriza al arrendatario el corte de árboles, fuera de los seles del valle y del monasterio, y con excepción de los fresnos, en los términos de Baztán; tampoco podrá hacer carbón de los jarales sin autorización del al- calde, previo laudo pericial; ni cortar robles desde San Miguel de septiem- bre hasta el mes de marzo, sino solamente durante el invierno. Cláusula ventajosa para el monasterio fue la que obligaba al arrenda- tario y a cuantos estuviesen al servicio de ambas ferrerías a moler sus ceberas 23 "Agravios, fol. 58, V. Baztán", fol. 15v: AHN, Cons., 6926. Véase nota 11 y Apéndice.

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