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Las ganancias y beneficios de las seroras eran muy menguadas y en algu- nos casos se tiene la impresión de que no existían; la mayor parte hablan sólo de devoción en el oficio; sin embargo las declaraciones de algunas sero- ras nos permiten tener una idea aproximada. La de Garzáin aclara que no tiene de salario «más de treze reales y otras limosnas que los vezinos le dan que son pocas»; la de Lecároz estaba un poco mejor asistida por las rentas primiciales de la iglesia «lleva la dicha serora diez y seys reales en dinero y un robo de trigo y otro de mixo.. .y en quanto a lo demas para ayuda de su sustento le assisten los vezinos del lugar con haces de trigo algunos y otros con medios.. .y esto lo dan por su libre boluntad y graziosamente qual mas qual menos»; dos ducados se le dan en Azpilicueta, y según un vecino por orden del visitador, cuyo nombre no se acuerda, que paso seis o siete años antes, y además los vecinos «le suelen contribuir boluntariamente para su sustento qual mas qual menos» y esta libre voluntad parece ascender a un quartal de trigo por vecino según el testigo Pedro de Zuastoy o a un almud según Joanes de Goyeneche. También en Almándoz se daba un quartal de trigo, pero no recogido sino en haces. EXAMEN, ALEGACIONES Y TITULO La gravedad de la citación, las amenazas que acompañan a la misma si no cumplen las interesadas los requisitos exigidos, inducen a pensar que el examen y probaciones a que eran sometidas debían ser muy dificultosos y los requisitos muy especiales; pero la lectura de las prolijas alegaciones, sobre todo de las seroras que no cumplen la condición de la edad, demues- tran lo contrario. Probablemente no fueron los abusos reales los que moti- varon la citación sino la necesidad de evitar que el abuso se hiciera ley. En los casos en que las seroras eran de edad avanzada el fiscal fue muy benigno. El procurador Sancho de Iturry se limitó a afirmar que la serora de Elizondo lo ha sido durante treinta años sin que nadie le haya exigido nada y que probablemente tenía título al comenzar su oficio; lo mismo dice el de María de Landíbar añadiendo que «concurren en ella la hedad bida y costumbres que para ello se requieren» completando el testimonio un escríto del rector de la parroquial que afirma que en ellas «no sealla bicio nenguno sino mucha virtud» (fol. 9 ) . En favor de la serora de Arrayoz, de 60 años, testifican Miguel de Narbart, vicario del lugar, y Miguel de Irurita, Mayor deste Reyno. Catalina de Istilartea buscó el apoyo del bachiller don Miguel de Aguerre rector de la iglesia parroquial de Lecároz y de Simón de Asco, escribano real y uno de los del número y juzgado del valle de Baztán, que actúa muchas veces en este proceso. Ambos escriben un alegato amplio que, junto con la amenaza que hizo Catalina de retirarse del oficio, fué suficiente
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