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208 ALEJANDRO DE VILLALMONTE Expresamente coincide Agustín con los pelagianos al afirmar que el hombre, en estado de naturaleza íntegra, inocente, tal como la poseía el Adán genesíaco, gozaba de plena, perfecta y expedita libertad, de activa indiferencia frente al bien o al mal Esta mdife rencia se expresaba con el símil de la balanza, instalada en perfecto equilibrio hacia una u otra parte, entre el bien y el mal. Como se trata de una indferencia activa, la voluntad podría decidir en per fecta franquía y autonomía, encaminar su actividad hacia un lado o hacia otro, hacia el bien o el mal. Aceptado, insiste Agustín, pero ,eso era antes’ en el estado paradisiaco Ocurrido el pecado adam- co, convertido en pecado permanente en cada hombre, la voluntad ha perdido irremediablemente aquella original, connatural indiferen cia activa. Ahora la voluntad está inclinada, vencida hacia el mal por fuerza de la concupiscencia, del egoísmo radical o bien vencida hacia el bien por la fuerza de la Gracia 120• 120 Recogemos algunos textos sobre el concepto de libertad en el pelagiano Julián de Eclana, concepto del que participaba el Agustín antimaniqueo, pero que ‘retractó’ posteriormente, al modo indicado. Como definición del libre albedrío pro pone: el libre albedrío con el que Dios emancipa al hombre consiste en la posibili dad de pecar o abstenerse de pecar, C. Jul. op. imp. 1, 78; PL 45, 1102; II, 17; II, 38; V, 38. ‘Testimonio de libertad es la posibilidad de hacer indiferentemente tanto el bien como el mal, 1, 181-82; la existencia del libre albedrío sólo puede ser consta tada por la posibilidad de pecar’, V 47-51; 1, 98; en poder de la voluntad está mcli narse a la izquierda del mal o a la derecha del bien», 1, 46; V, 15; «la voluntad se encuentra entre el fiel de la balanza respecto del bien y del mal, y, 48. Pueden verse más textos y sistematización de los mismos en F. CLoDius, El libre albedrío según Julián de Eclana, en Anales de la Facultad de Teología de la Universidad de Chite 14 (1992) 99-134. También del mismo, El libre albedrío según el ‘Opus imper fectum’ de san Agustín, ib., 13 (1991) 5-51. Ver también J. PEGuER0LE5, Libertad cbmo posibilidad libertad comó necesidad. Juliano y san Agustín, en Espíritu 36 (1987) 109-124; In., Ambigüedad del «Uberum arbitrium en, San Agustín, en Cuadernos de espíritu. Actas de las jornadas de la Sociedad Internac. De Santo Tomás de Aquino (Sita), vol II: Dignidad personal comunidad humana y orden, Barcelona, Balmes, 1994, 759- 762. En Em 7 ve Agustín anticipada con toda claridad su idea sobre la exis tencia de la ‘dura necesidad de pecar’ en la naturaleza humana viciada por el pecado de Adán. Los pelagianos interpretaban las palabras de Pablo referidas a la costum bre de pecar = consuetudo peccandi. Pueden verse algunos textos, tanto de Agustín como de Julián, en C. Jul. op. Imperf 1, 69-91; II, 38; III, 178-180; IV, 93. La costumbre se tomó naturaleza = vitium pro natura inolevi4 Iii Joan Tract. 44; PL 34, 174. Frase que ya utilizaba Tertuliano. Ver también de fide et Symb. X, 23; PL 40, 194; De divers. qq. ad Simplic. 1, 10-11; PL 40,106 s.

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