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70 Cf . OG 2/3; 2/6 7. El secretariado general para la formación es el primer organismo de colaboración directa con el ministro general y su consejo en todo lo que con- cierne a la formación inicial y permanente de los hermanos y a los centros de estudios de la Orden. Esté a disposición de las distintas circunscripcio- nes, de las diversas áreas de colaboración interpro- vincial y de las Conferencias, prestándoles ayuda e información para que promuevan todo lo referente a la formación. 8. Igualmente en cada provincia o en grupos de provincias haya un Secretariado o consejo de formación. Const. 1968, 128; Form. Postnov. 6,1; Jöhri reviv.; Vita cons. 68-69. Cf. OG 2/7 Cf. OG 2/7 9. Oportunamente fíjense los principios váli- dos en todas partes en una Ratio formationis o Plan de formación, para tutelar en la formación las ca- racterísticas propias de nuestra Orden. 10. También cada circunscripción o grupo de circunscripciones, según las circunstancias de las regiones, tenga su plan de formación, en el que for- mulen los objetivos, programas y pasos concretos de todo el proceso de la formación de los hermanos. Artículo IV Iniciación en nuestra vida Formación inicial GS 61; OT intr.; PC 6; SC 10; 12; DV 25; CIC 652,1ss.; I CPO 1,7; IV CPO 3ss.; 34; 52ss.; 57; 71; VI CPO 8. 26 1. Quienes son admitidos a la Orden, deben ser iniciados e introducidos progresivamente en la vida evangélica franciscana. El camino de inicia- ción de los candidatos, guiados por sus formadores, exige que se desarrolle a través de experiencias y conocimientos necesarios.

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