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379 partiéndolos con los necesitados y dando testimonio del recto, 61,5; dado que (uso del dinero) como instrumento ordinario de inter- cambio y de vida social, 68,2; debe hacerse siempre de suerte que no desdiga del modo que corresponde a los verdaderos pobres, 69,3; los hermanos no acudan a los amigos o parientes en demanda de dine- ro u otras cosas, ni reciban regalos para uso exclusivo sin el permiso del guardián o del ministro, 69,4; los ministros y guardianes eviten cuidadosamente, en el uso del di- nero, cualquier acumulación o especulación, 71,2; las circuns- cripciones, las fraternidades y los hermanos adopten el siguiente cri- terio preciso y práctico: lo mínimo necesario, no lo máximo permiti- do, 71,3; los hermanos dialoguen en el Capítulo local acerca del rec- to, 71,5; en los Capítulos se evalúe la correspondencia de nuestras ca- sas con la verdad de la vida de po- breza y minoridad, y trátese sobre el, 73,4; cada circunscripción, se interrogue periódicamente sobre la entidad inmobiliaria de la que disponen, procediendo a la enaje- nación o a la cesión de, 4/8. – Otras cuestiones referidas al uso : los medios de comunicación social: su elección y, 96,1; toda la fraterni- dad, bajo la dirección del guardián, haga un atento discernimiento so- bre el uso de los medios de comu- nicación social, 96,2; edúquese convenientemente a todos los her- manos en su, 156,2; de los medios de comunicación social y en nues- tra presencia en los medios mani- festemos nuestra plena adhesión a los valores evangélicos y a la doc- trina de la Iglesia, 156,4; desorde- nado e impropio de los medios de comunicación, 171,3; los herma- nos tengan presente la condición de nuestra pobreza y humildad en el uso de los medios de locomoción, 97,4. Vacaciones ( cf . Recreación, Tiem- po), según las costumbres y posibi- lidades de las regiones, dese a los hermanos un tiempo de vacacio- nes, que deben tomarse de modo adecuado a nuestro estado de her- manos menores, 86,2; correspon- de a los Capítulos de cada una de las circunscripciones adoptar nor- mas adecuadas, de acuerdo con el criterio de la equidad fraterna, con respecto a las, 5/1. Vacante – Régimen general : el oficio de minis- tro general, sucédale el vicario ge- neral, 127,1; si la sede de ministro general queda vacante en los tres años precedentes al Capítulo gene- ral, el vicario general asume el ple- no gobierno de la Orden hasta el fi- nal del sexenio, 127,2; si la sede de ministro general queda vacante en-

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