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Ó2 L:EYES DEL en rnda b lv~onarc!fr1 , per– su~1d ; (:i1~~0 esta 1nis1na singuia– ri dc:d, que en haverios redu– cido ~it estado prcseme , su– frieron nuestros N:icur;i.lcs el peso de un proyeéto , que puede concebirse, no tan ur– gente , y de su obligacion, quando ninguno Je los de– mas Reynos ti ene egcmphr semeja nte, no obstante , que todos hayan de mantener los cam inos Re:1les bien di spues– tos, y uamit:ibl es ; y aun co nsiderado a bsol utamenre p reciso el nu evo estado , a que se redu gc ron , parece, q ue >egun las Leyes , y ();·– déncrnz .1s recc>rlhcbs en nu es– tro primer Pedime'1 CO, ckbió co rrer SU direccion a CJrgo dj P:ttrirnonial de este Rey- . . . . P O , en ')UJC'n s in restncc1on :J¿una ti ene n confiado el re r J !·e;, y urnse rvacio n de elios; pu '.'S :iurH{Ue le ocurriesen e1 nba ,·az1Js imposibles de hJ– l !:i n<1r con la autoridad ele sus facultades ordinarias, pn– c\i,:ra ve ncerl as codas con el ~. " xilio, y :'roteccion del Con · :<: jo, que sio duda alguna se lo irnp:irriria pronto, y efi– caz : Ni ( sa lva la soberana cen,ura de V. ?vL ) dexó de se r en el fordo ren:inimien– ¡:) C eP eral b co~ strucc ion ,Je una obra, ~ aue contr i– buyeron con perso na s , di ne- r.• , carruages, y caballerias los Valles, y Pueblos de esce Reyno , no solo en la esten– sio;i de sus particulares dis– cridos , sino aun fu era <le ellos, siendo muchos los que se ocuparon en sirios disc:in– res de sus propios confines, qu arro , seis , ocho, diez, y au n rnas legua s ; pues :rn n– o ue se enci enda ser comun i;1 c\ i spen~<iblc carga d e codos los Put.:bi()s del Reyno , con– currir al rep<iro. y cunscruc– cion de s us c~minos Reales, es:i obligacion por justa , 'JUC eila sea, no quic:i ,que >u de– sempeíio se ihme p rupia men– re, y cali li<J Ue n;parrimiento Cc;1cr::d , quando nuestras mi snns Le ye~ insertas en el Lib. r. Tic. 25. de la Noví– sima Rccopibcion gr:iduan de tales aquell as contribucio– nes, o imposicio nes , que con conocimiento de causa se cle– clar:in justas , y precisas en quienes Li s han de sufrir: y el ;>. premio el e !os dueños de Paiacios de Cabo de Armeri:i a l:t cornposicion de los Ca– minos Rea les tan poco dejo de ser contra sus esenciones, por titularse ahora su con– currencia desempeño de la obligacion de vecino , y no conrribucion ; pues en qnal– quiera de entr;1mbos sent idos, y en los dos jumos de- bió

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