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LEYES DEL deix:n conrinua r por rener h!c i·zz! d~ _Ley _} con10 se 1·e~ ¡;isrr:.: de los juramentos , que Ja R_cal I-\:rsona de 'l. fvíJg. nos (ici:c hechos , y se dig– mron h:icer sus gloriosos pre– decesores , como parece de los insertos en el principio de la Novisima Recop ilacion, y dd Qu:iderno de las cele – bradas en hs Corres u!rirnas de h C iu dad de Estella, y comra la Ley 47. Lib. r. Tic. 4: y orr:is de d(~h:i Recop ila– Cion , q ne se cn:in en nues– tro primer Pedimento , por las que se concede a dichos nue:>tros Naturales libre co– m ercio en todo el Reyno; y a la 14· y I 8. del mismo Lib. Tir. ) · en que se ordena, que el Consl'jD no exp ida A uros, ó Provisio nes acordadas , sin co n·~urso del Ilustre vuestro V isorrey , y aun con él, que no ~ea en el 1_nodo , tiempo, y Circun·.t:incias, que seesra– bl ece en 1::i Ley 12. 13. y otras del mismo L ib. 1. Tic. 3. y es sin duda , que con la referid:i providencia no se co nsigue la rnoder:icion en los prec i0s de las impresio– nes , ni el que estas sean me– nos dd~cruos:is, an tes , usa n– d o b s PJ rtes de! libre arbi– uio , que han tenido, qu e– d;;r:Í n menos ~raVJdos , y la Letura de los Hechos , y Ce- dulas , ta_nto , o mas perfec– tas , co n que los Relatores no tenddn mas gravamen, que el preciso, y el que dc– bt.:n sufrir po r la n atur:ilcza de su oficio. Por todo lo qua!, suplica– mos a V. M. se sirva pro– veer, y determinar ,segun; y en la forma , que lo tenemos pedido en nu estro primer Me– mo rial : Así lo esperamos de 1::i Real justificada· intencion d e V.M. y en el lo, &c. DECRETO. P.1mp/01M de Palacio 13. de J unio de 17 57. A esto de– cimos , se /J,U<Jrdt Lo pro'Veido. ElGran Casteltan de Ampos– ta, Fr. Don Manz~el de Sada y Antitlon. SEGUNDA REPLICA. L S. C. R. M. Os tres Estados de es te Reyno de N ava rra, trnc esumos juntos , y con– gregados en Corres Genera– les por mandado de V. Mag. decimos : que a nuestro Pe– dimento de primera Réplica, sobre dos Amos confirma– dos por el Rea l Consejo a instancia de sus Reb to res, y de los de la Corte , en o rden, a

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