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Afl"O 1757. LEY L vrr. tar á los A.bogados, y Procu– radores la Instruccion con– veniente , y espi rar los termi– nos de la Ley para quando desembara zados de sus labo– res, la quieren dar; y en otros por igual razon pasan en au– toridad de cosa juzpda las Sentencias , que se pronun– cian á solicitud G\utelosa mu· chas veces de la s partes , con· fiando e! suceso favorabie en la fib de opos icion de sus contrarios , por la necesicbd, en que los miran de no po– der :i.bandon:ir el tnbajo de su administraci o n, dificultan. dose por es tos medios la rec ta adrninistracion de Justici:i; y que cada uno con siga con ella lo que es suyo , le coca, y pertenece. En el mi smo mes de Agos– t o por su n:,rnr:il estacion se experirnenr:in excesivos c:i!o– res, y los nuyores de codo el ailo ; con cuyo motivo los Ministros Superiores , y su– baltern os dependentes de los Reales Tribunales, y aun de los inferiores , no pueden de– sempeíí:i r los respeétivos en– ea rgos de sus empleos , y ofi– cios, sino con mayor moles– tia , y :iun quebranto de su salud ,o :i lo menos se indis– ponen p:ira poder proseguir las t:Heas cotidiJ11Js. Por es ta s razones hemos contemplado , sera conve· niente, sean Vacaciones, y ce– se el curso regular de las de– pendier1'~ias , y plcyros des· Je el dia 15. ha sta el 31. de Agosto , ambos inclusivé de cada afio, basta las primeras Corres : pero supuesto, que desde el de Nuescra Señora hay,quando menos, siere fies– tas , que son la de su glorio– sa Asuncion , San Roque, San Luis Rey de Francia, San Barrholomé , San l1gusrin, dos Domingos , y muchos afios eres, so lo vienen J qui– t:irse nu eve , o diez dias de despacho , para suplirlos, se supriman las fiestas de Tribu– na!, t¡ue se han guardado por San Vicente 1'.brtyr en 22. de Ene ro: San Bias en tres de Febre ro : Sm J u ~111 de Dios en ocho de J\Luzo : Lunes, y Martes de las Rogaciones: S:in M:ircial en 30. de Junio: San Januario en 19, de Sep– ti embre: Santa Cachalina en 25. de Noviembre , y S:.n Nico!Js de Bari en 6. de Die ciembre; pues sin es ta s que~ dan otras Fiestas interpola– das ! con que se puede dar evas1on oportuna, y acomo– dada a los negocios. En cuya consider:icion su– pliomos 3 V. M. reverentes, se digne concedernos por Ley , hasca las primer:is Cor- tes

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