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AñO 1757. LEY LVI. 175 LE Y LVI. Expediente, y providencias pa– ra l,t c0nsecv ario·i de los nuevos Caminos R eales des– de P amplo;M a C1siilla, Aragon ,y Gu.'pu::rna. S. C. P.M. L Os tres Esr:i<los <le esre Reyno de Navarra, que estamos junros , y con · gregados celebnndo Corres Generales por m:ind:ido de V. M. decirnos : que la con· servacion , y permanenci:i de los nu evos Caminos Re:iles, que dirigen de esra Ciudad a la Raya , y Confines de Castilla , Ar:igon, y Provin · cia de Guipuzco:i , es uno de los asuntos mas importantes, y necesarios; pues de lo con– trario se malograrian los uri– lisimos fines , y los largos, y cosrosos dispendios de su construccion con nora ble per· juicio de nuestros Naturales, y del Publico · por lo que de– seosos de su mayor , y mas segura duracion, despues de maduro acuerdo propo nemos a y. J\~. l?s medios' y :irbi– cnos s1gu1 enres. r Primeramente : que de aqui adelante se imponga un maravedi sobre cada al– mud de cebada, que se con– sumiere en las Venras, y Me– sone5 públicos simados en Lis J6'ri sdicciones por donde dirigen, y corren-dichos Ca– minos nuevos, y los de F::tl– ces , Peralta, Marc ill a , Vi – lbfranca, Milagro , V cnta del Yugo, Cascante, Ab liras, Fi– cero, Berriop :an ::-,, Sarasa re, I rurzun , La rasa , y S' \ Venn, Arruiz , Lecumbcrri , y ,,, re- so. 2 Itern ·que Coch e , lJUe enrr:ire, o pasare por la Ciu– dad de Ta folla , deberá pag;;r cada vez quarro reales , la C ·t!esa dos , !a Galer:i otros dos, y uno el Carro, siendo cargados, y la rniracl no lo siendo; exceptuand<!se de es– t:i Providencia, d C:arru ag~, Coche , y Ca lesa de dicb Ciudad de Ta f 1!la , <•ll e soi o se emp le:rn en el u:.c>- de s1;s Vecinos, y adminisua cior; G•:; sus haciendas ; pe:-;-1 de " in– gun;i suen e Li s qu e us:rn fu e– ra de ese destin o. 3 Item : gue para l::t re– caudacion de io <'lle produ– geren estos exped iem -:,, nom– bre nuestra Dipuracion un Teso rero, o Depositari o Ge– ner~J , perso na Je toda con· fi:rn zJ , qu e deber~ d ~: r, y prcsc nrarfianzas de todo abo- no

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