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83 LEYES DEL dr;res, qut p&decian consi– derable atrd.SO en la cobran· z.t de sus creditos , cMya pro· videncia) como pra{/rcamen– tc util, y &comodada a L1 PRIMERA REPLICA. S. C. R. M. intencion de las Leyes, que Lºs Tres Estados de este es ,y debe ser el mayor bien Reyno de Navarra, de tos Pueblos, deberú con que estamos juntos , y con· tinu.trsc lHsta el completo de· gregados en Cortes Genera– sahogr¡ de f,ts rentas de las les por mandado de V. M. Republic,15: pero sin emhar· decimos : que a nuestro Pe· go , por contempldci~n de el dimen to de Contra-fuero, so· Rcyno, aucrcmos , que ce· bre la pro\'idencia de Depo· sen los Depnsit.trios lnter· silarios lctervenrores, se ha 'Ventores , en lo que respeta servido v. lvl. respondernos: a l0s propios , y renta> de ,, La urgente necesidad de los Puehl.!s,,ry que no se tr,1y· ,, ocurrir con pronro reme– g .1 en consecuencict, ni fl.1re ,, dio al infeliz estado de mu– perjuicio: Debiendo esperar ,, chas Republicas , consti– de vuestro zda al mcj1r es- ,, ruídas en la mayor deca– tado del.u Repuh!icas , rnt ,, ciencia , y amenaz:idas de p1opondreis los medios mas ,, su ultima ruma , por el of1:irtunos , par,1 que se en· ,, descuido , y poca ecüno· /d/¡ie en ellas l.1 mcir;r admi· ,, m1a en el manejo de su~ r i :trttcirm , que ;scgure la ,, propws , y rencas, excicó n:?,scrv ,1cion, y aumento de ,, el oficio del Consejo,é hizo sNS propios , y rmtas, tan ,, justa la providencia de De– crn'1>enicntes a sufeficidad,y ,, positarios lmervecrores, y necesaria para acudir a l;s ,, con ella se ha logrado en fines de mi servicio. El Gran ,, mucha parte el desempeño Cutellan de Amposta , Fr. ,, de los Pueblos, y la satis · Don lvfanucl de Sada y An- ,, faccion de legítimos acre~ tiUon. ,, dores, que padecian con- ,, siderables atrasos en la co· ,, branza de sus creditos, cu– ,, ya providencia,con'io prac– ,, t1c1mente uril, y acorno· ,, dada á la intencion ck las n leyes, 'iue es, y debe ser el

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