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de los ams de I7·B·Y 1744. 45 Je V. M. decimos : Que armas de fuego amartilla– d afio pasado de 1741. los das, los precisaron á des– Guard:is del tabaco se in- mont:ir, y abrir sus .man, trodugeron á detener a los gas, las que reconocieron, Arri eros , y viandantes, esplicando, que su :111imo que p:isaban de este Rey- avía sido ver si llevaban, no al de Francia, obligan- moneda. Y en estos .su– dolos a desmontar de sus p_uesros , estamos predsa– cavallerias, á descargarlas, dos a representar a V. :M. ya que soleasen las cargas, que por las Leyes del Rey-. maletas, y fardos, y b s sa- no escan tomadas las pro– cas de Lana, reconocien- videncias conveniences,pa– dolo rodo nuev;imenre, ra que no se saque de él despucs qu e en los Pucr- placa, ni oro, ni otras co– ros , y po r los Governado- sas pri vadas;y puestos Go– res y Soldados destinados vernadores, y Guardas , o se lu v ian pralticado Lis di- Soldados en los Lugares ligencias prevenida s por qu e expresan , destinados las Leyes del Reyno , en para el registro, como p.a– la salida de d, ~d de Fran· rece de la Ley 36. lib. r. cía ; y yendo Ramo n de tic. 17. de la novísima .Re· Urdani z, Agustín de Resa,. copilacion, sin que se pue– y otros Comerciantes de da hacer recbnociniienro, la Ciudad de Pamplona , i ni regi stro i naturales de la de Bayona , en dicho este Reyno, sino en la_s t1l– Reyno de Francia, avien- cimas guardias:,azfa Fran– do hecho los regi stros acos- cia; como se refiere en la tumbrados en el Puerco de Ley 51. del cicado libro, y Maya , ame su Governa- titulo. Y en su nimpli– dor, fu eron sorprendidos miento, ha viendo pasadQ: en la mirad del Pirineo de los Puercos , hed1a .la por unosGuardas de dicha presencacion ame clichos Renta del Tabaco, que sin Governado res , no ·se les decir que lo eran,ni apelli- ha puesto embarazo:>· sino dar la voz de V. Mag. con que libremente han conti· M nua-

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