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100 LEYES cho mes de Septiembre re- tit. 6. se dieron por reparo solvió V. Mag. se bJtiese de agravio dos Provisio– en la Red Casa de la 1\'lo- nes , en cuya execucion neda ele Segov ia: y aun- se fabrico moneda de vc– quc aviendose prescntJdo ll o n, porque no prcceclio en el Consejo de cste Rey- Pedim1~nto de el Reyno, no, se comunico a nues- aunl1uc se supo ne que ha– tra Dipmacion, y se opu- via urgente necesidad de so á su sobreca rta, escJ. si n ella. Y en las Leyes 10. repJr;:irse el agravio que I I. y r '2. del m ismo ti tu · paLlecicron nuesu os Fue- lo esta mJndado , q uc en ros , y Leyes , en la expc- la que se vatiese , no se dicion de d iclus Cedubs: hiciese novedad, y se pu– y nos es indispens:ible po- siesen b s armas de Nava r– n er, con el mJs profundo ra, en h for111J que siem– rendimienro, en la Real, pre se J via esribdo; y en la piadosa justificJcion de V. Ley LJ-· del citado tiCLdo Mag. que en los Reales Ju- se afirmó ser muy de el ramcnros , y en el que Rc:il servicio , bien publi– V. M:ig. se dignó prestar co , y buen govierno ded quando este Reyno , pau Rey no, que no se usase en su nnyor felicidaJ logro el de h lVíoncdJ de los la de jurar a V. M. por Qmrtos de C:isrilla, y se su Rey , y Seílor 1utur:il, prohibiü el uso de Mone– se nos prometio Li obser- ch de Vellon , que no fue– vancia de nuesrras Leyes, se ele el Reyno, ba xo Lis Fueros, o rclc1unzas, usos, penas que refiere , y :isi se y costumbres, y que no ha observJdo , y prJ d icJ– se haría, ni mand:i_ria VJ- do hasta ao rJ.Y si en algun tir moneda si n volunr:i_d, tiempo se ha juzgado ne– y consent imiento de los cesaría su fabrica , se ha Tres Est:idos , como pare- h echo J súplica de los Tres ce d el libro 1. tir. r. de la Esrados, segun resulta de nov1srnu RecopiiJcion, las Leyes 21 . h"sta ]J 2). y asi en la Ley 20. lib. 5. del libro, y tirnlo citados; y

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