BCC00R59-6-16p1d0000000000000

166 LEYES contra L~yes de efre Reyno; ducado por cada dia de lo5' pues 1:. Ley 7. ric. 17. lib. 5. que fe avi.in ocupado en h de la nueva Rccopiloc_ion or- conducían ; y al Valle de drna , L 1 ui:: lino es blrnndo l.zc1gaondoa , y demas que Bneycs, 0 Azen1ibs de alqui- dbban fobrJd.imcnre gra. ler , no Ce eche repartiniirn- vados [e les aliviaffe , exo. ro de clbs: y que aviendo en nera ndolos de part~ de di..; b 1 \f.onc1ó.1s de eC¡e Rey no ch,1conducían. A dh infbn· Bueyes , que Colo fiiven de ci.i Ce flr vio dec retar V. Exc. al,¡uibríe en conducior1cs, en 2i,. de Ma vo del miímo dcbicr.1 hacerfc con ellos la aóode 1719. que atcndim. que neccfsiDba, fin prcciC:H do a lo q en ella fe reprefcn~ a que la hicieffrn los que raba a v. Ex. dabJ por nu..; Colo los tenían para la las dichas ordenes , en quan..; bbranza ' por la fal ra qu e [O comprehendia a los que hacían en ellJ , y daóos que no reniJn juntas de alquiler, fe ocafionarian a los Bueyes; y dcllinacion de la p.1ga de y qL:e la Ley 2. de el mifmo fos jornales, fin haverle ob, 1ir~lo difpone que la paga de forvado lo prefcripro por la~ los que firven con Bueyes en Leyes; y codo lo obrado con• obras Re::lcs, las qualcs re- era ellas, que quiere V. Exc. gule V. Exc. informado de: no fe crayga rn confequen.. u l10 d~ nuc11ros Diputados, cia , y fe obíerven , íegun de fu err.c qu e pague a cada fo fer' y tenor: y fi los inte• uno d jnílo fabrio; y que al- reffados huvietTrn padccidc> gunas ordenes [e avían def- agravio, juílificandolo , fe pachado no arregladas & clbs les da ria íarisfaccion; y en Leyes,fc avian dado por Con• caía , que la~ ordenes, que tra-focro, como co b Ley 3. avía dirigido V. Exc. a los de 1 "jo9 . Por lo qual fupli- Pueblos para dbs conduc. ca ;\ V. Exc. mandaffe dar dones, excedidfen en el re. por i1ubs dichas ordenes, en partimiento. de las juntas, al quanro comprehendian a los numero, con que cada uno q;Je no reni.rn jun¡as de al- podia fcr vir, mandaria V. ~uiler , y a ll paga de los Exc. fe modera!fcn , arsi en )Ornales; y que fe obfcrvaffen qt1anro al Valle de lz~gJon• dichas Leyes invioh1blcmen- doa, como a los demás: y te: y que a los qnc fe les en conformid2d de lo dif– avia plgado el precio ex-. pue!l:o por las Leyes, avicn~ prclfa<lo en b s ocdenes , fe doÍe de [eñalar eltos falarios le1 aumemaffc haíla medio c:n

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz