BCC00R59-6-16p1d0000000000000

104 LEfES n:J, cargll~ la dietJ el Tsf- nueve reales por cada dia, [1dur; y no con!bndo , no de los que fe ocuparen, y fe car¡;,1c·. fC le offoren al Corniffario, De Lc~c P.cf ',: lr~" ele las aísi de ocupacion, como de inform:,c ic ncs , que rc c- ibie- dctencion, y jornad~, per<i) rcn, lleven po r ~acb Cjcc i11- no de b rcíulca. ce ho1as kgóle sde clcpc'fí , io- De c:ich Te11igo, que cXJ-' ncs de relli g.>s , una dicr:i; y min are: en b Ciudad de PJm• ;Í dlc _ rcfpcd·o , li fueren plon:i, a[si11icndo Alguacil mas , o men os. en virrnd de mandato, lle-; Pongan Tcl1imonio de \'en un real, pero por la re-. bs leguas, que hay dc!'dc la fulra, no tengan cofa algll~ Ciuc!Jd de Pamplona, al Lu- na. gar , donde recibieren las De hs Prifsiones, que hi-' prueb:is' p:ira que fC les taÍ- cieren con mandato' a dos fe a refpd1:o de fcis \eguas re;1les por cada una , :llinCjllC cada diera, y no mas, !in concurran dos , o mas Al-. cmbJrgo de qualquiera co[. guaciles. turnbre, que haya en con- De cada Reconocimiento. erario; y (j no pulieren efl:e de cafos en buíca de Reos, tcllimonio, no Íe les cargue aunque no h:igan prifsion.i cofa alguna por la jornada. lleven un Real tan folamen, Pong~.n 1:d1imonio del riéc re. po, que le ocuyaren en lu- Las Jorn ad:is, que hicie..; ccr Lis. uorificacioncs :Í bs ren con Cornifiion, fe les parres , y acompaíÍ.ados, y de regulen á Íeis legu:is por. bs Jl>ig11Jcioncs , llegando diera de nueve reales , y nO a fer clt medio dia 'y de :il mas' aunque Íean focra del en riba; y fino lo hicieren, Rey no. fe les abone a real por cad;i. En las Cornil< iones con notificacion. Eícribano Real foera de la Ciudad de Pamplona, no ALGUACILES ~E lleven m:is dims, que las Corte. qL1e fe feñalan i1. los Efcri~ banas Reales. Q Uandofüerencon Co" rn iísion del Confe..; ~ jo, o Corre con Co-. miffario 'a recibir in forma~ ciones, o probanzas~ lleven a ES.;

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz