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-¡G LEYES ~viendo comodidad de Alo- fin que fodlCn Ccdulas fir..o jmlicmos los Alcaldes, Re- madas de b Real mano de giclorcs, y lvlcri11os de los V. Mag. ni de dichos Scño– Pucblos, y que no cl1uvic[. res Reyes, ni cfluvieífen di– fcn rcícrvados de huell)edes rigidas á d Ilulhc vucílro los !vbd1ros de elgrima, los Virrey, Regeme, y Con le jo que venden l'olvora ; los de elle Revno , como fo que dan pofr:1da al Veedor de acoíl:umbra 0 en bs Cedubs, Li gcnre de Guerra , al Al- que para Cl fe libran, y fi11 caldc de Guardas, ni al Cor- que fe hicieífc mcncion de reo ordinario : Y rambien fe ef1e Rey no, como es oreci– efbblccio en la Ley 6. tir. fo , para que dle co;nprc- 4. lib. 1. de la Recopilacion, hend ido , por b indepcn" que bs Reales Ordenanzas, dencia, que time de dichos que fe dirigieren a eíl:e Rey- Rey nos de Caílilla, y Lean, 110 vengan en cedulas firma- a los quales e(Ll unido con das por V. Mag. Y anees, union no accdforia. , fino que fe les executcn , fo les igualmente principal; y fin ha de dar Sobre.carta, fcgun averíe citado, ni oido á nuef~ h Ley :i . de el mifino titulo rra Dipuracion, les ha dado cirando[e p•ra ella prccif.1- ufo el Confejo, expidiendo mente á nueíl:ra Diputacion varios mmdatos , para que en conformidad de la Ley los Pueblos en qlle huviere '3 8. de 169 I. y 3. de bs ul- Hermanos de las referidas rirnas Corres, y en quicbrn Religiones, les oblcrven, y de elLs, y con confiderable guarden dichos Privilegios; pc~juicio de los Pueblos , y con cuyo motivo pretenden da no de el Real Ccrvicio de e!hs eífencioncs a mas de los v. rvLig. nviendofc prefonta- comprehendidos en dicba do en el Conícjo de el1e Rey- Ley, y de los c¡ue las gozan no varios traslados de Privi- por Fuero los Hermanos de 1egios concedidos por V. las demas Religiones: Los Mag. o por otros Sciíores Miniíl:ros de Cruzada, Ad~ Re yes, a otras Religiones, o miniílradores , Elhnqueros,' pcrfonas, pHa que fos Her- y Mioil1ros del Tabaco, manps, o Minifhos de los Maelhos de Pofüs, Arrcn-< Rey nos de Canilla , y Leon, dadores de !:is El1afctas , y, fcan eífemos de alojamientos, los Adminifl:r,1dores, y GuH•. vagages , y pudios Conccji- das de las TabL1s , y con efü ¡es, homofos , y onerofos, cfperanza han folicirado mu- chm

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