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lNDlCE DEL FUERO. Villano luyo· si pretende lnfan– 'Zon que otro lo es ., i:omo fe . debe falvar, cap. 3. y 4. tic. 3. . lib. 3. pag. 56. YS7· Villano Solariego, que pecha de• be pagar por Ja cena del Rey, cap. 1. tit. 4• lib. 3. pag. 57• Y por cena de falvedad de Ri– chombre , cap. 2. eod. tit. pag. 58. . Pagando cebada de pecha, quanta debe pagar, cap. 3. d. tic. 4. l. 3. pag. 58. Si ha de medir el tobo colmo. !bid. Como la ha de pagar si tiene do! · ·feñores á quien pagarla. Ibid. Villana no cafada si ha de pagar tanta pecha como un hombre, cap. 1. Y3• tit. 4. lib. 3· pag. 57. y 58. . . A villanos si pueden recibir Hi– .dalgos 'por eseufados 6 por cla– veros , cap. 4• tit. 4. lib. .3. pag. 59· Y si los reciben, si podrá el Me– rino de.1Rey tomar qualquiera cala de villano para pofada, y pedir los derechos Reales 1 d. cap 4. tit. 4. lib. 3· pag. 59 lnfanzon si tiene por cafero á vi– llano , y este tiene cafas del Rey , las .debe tener en el es• tado en que estaban el dia en que fe tomó por cafero , d. cap. 4· Villano del Rey si tiene caía! viejo , si lo ha de tener cu– bierto, ó ponerlo como folia ·estar ántes, d. cap. 4., verbi)' & si el villano. Villano Solariego si muere sin hi– jos, le heteda ·el pariente mas cercano dentro del ·quarto gra– do de abuelo á primo hertnano, cap. 5. Y 1 i. tit. 4• lib. 3• pag. 60. y 66. A fa Ita de estos vienen las hereda– des á fú feñor, d. cap. 5. Y 11. Y en este caío podrá este feñor tener tanto tomo un villano en pasturas y roturas , d. cap. 5. & cap. ro. y 11. cit. 4. lib. 3. pag. 60. y 66. Y fu hijo 6 fucefot infanzort po– drá despues que pafen á él las heredades tener tanto como un Jnfanzon 6 dos villanos, d. cap. s- verbo & einpUes; & cap. io. y 1 i. verbo pues que, pag. fo, Y 66. . Villano dexando lá tafa del So– . lariego si va á otra. parte fi ha de dexar en ella caíero que tenga fuego para quando fuere á ella el Rey , el Merino ; ó el Seiior- i . d. cap. 5. y 1 1, pag. 60. y 66. Y en tal cafo fi podrá decir al ~eñor que le haga tomar fus derechos 1 ibi verbo & fi el. Que ottas cofas debe hacer el vi– llano quando vá á otra parte. lbid. Lá pecha que ha de pagar al Re·y, y al Señor en que ha de fer, cap. 6. in principio, clt. 4. lib. 3 pag. 61. Ri-

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