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!i52 INDICE DEL FUERO. furto , pacer, prendar. Garañon, galgo, gato, gavilan, quien hurta que pena tiene. Vide furto. Gentes de tres condiciones ay en Navarra, Hidalgos, Ruanos, y Labradores , cap. 25. del amejoramiento, pag. 210. Godos quando vinieron á Efpa– ña, cap. vlc. cit. vlc; lib. 6. pag. 197. Gotera de una casa que cae en otra , y haze dafio, lo ha de enmendar el feñor de la gote– ra, cap. 13. cit. 10. lib. 5. pag. 161. Gobierno , en razon del pueden hazer los pueblos cotos, y pa– ramentos, y quitarlos, cap. 9. cit. 1; .J. 12. pag. 20. Gracia que el Rey haze á los de Pampl9na , y á los otros ·del Reynó , de poder ir por el · mtrcarlo por la calzada, y por·· dó querran, cap. 32. del ame– joramienco, pag. 21 1. Grifuelo, ó Criíuelo que pecha fe dize. Vide pecha. Guerra , quando , y como deben falir á ella caballeros, Escude– ros, Hidalgos y Villanos, cap. 4. Y 4. cit. 1. lib. 1. pag. + y 6. A la guerra para no ir , que im. pedimentos , y efcusas feran baílances, cap. 6. tic. 1. lib. 1. ·pag. 6. Guerra, quien eíla en ella no puede fer prefo por deuda, d. eap. 6. _tic. 1. lib. 1. 6. Reliqua. Vide Navarros. H. Habito el que no lleba fi ha de fer creido, aunque diga que es Religioso. Vide Orden. Heredad de patrimonio , 6 de abolorio fi vn hermano dernan. da parce á otro hermano • debe darfela luego , 6 fequeílrarfe no moílrando razon porque no fe le deba , dar , y quando cumplirá con dar fianzas , cap. 9. tit. 4. lib. 2. pag. 27. Heredad. Veafe en las palabras, demandador, labrador. Herir. Vea fe ferida, ferir. Hermano li tiene bienes adquiri– dos por fu induílria , 6 dona– dos por fus padres , y muere abinceílaco éon padres , her– manos, ó parientes , quien le. ha de heredar. Vide fupra ver– bo abinceílaco. Hermano de hermano difunto, no puede pedir á fus padres mientras viven parce de Jo¡ bienes dellos por el hijo muer– to, y que ferá defpues de muer– tos los padres, cap. 10•. tit. 4. lib. 2. pag. 28. Hermano mayor, ó hijo, fi here– dara todos los bienes de fus padres , 6 parientes muercos abinceílarn , ó li heredara cam– bien el hijo de otro hermano muerto, por reprefencacion, d. cap.

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