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INDICE DEL FUERO. &. 4. tít. 4. lib. 2. pag. 25. Bienes de abolorio, muerto el ·abuelo, fi pueden dar, ó ven– der los padres fin confenti– rniento de los hijos ibidem. Bienes de abolorio, ó patrimo– nio quando fe piden , y fe litiga fobre ellos, fi fe han de dar fiam;as, cap. 9. d. tit. 4. pag. 27. Si fon hermanos los litigantes, pleyceen ellando ambos en lus bienes, y el defendience mues– tre razon porque np deve heredar el otro. ib. Como fe ha de hazer la parti– cion, y fi alguno dellos no quiliere, ó no pudiere h~llarfe pfefente, que fe ha de hazer, cap. 13. d. tit. 4. pag. 30. - Quien hereda la parte de elle au. feote, ibid. & cap. 16. d. cit. 4. lib. 2. pag. 32. No eftando partidos ellos bie– nes , fi fe pueden donar, ó vender, cap. 20. tic. 12. lib. i>· pag. 89. Reliqua; Vide nietos. Abonir , Veaíe en la palabra cellameneo. Adiamiento; Vea fe execueion. Adulterio; Veafe muger; fuer– za, fazania. Agenar; Vide cnagenar. Agua comprada fi podra llevar cada uno á fu heredad fin ton– tradicion, cap. 10. tit. 12. lib. 3. pag. 86. -\' fi la podra pafar por arcaduz ageno, fin voluntad de fu due– ño. ibid. Agua fi mana en heredad de particular, y la villa no la tiene; podra fer co¡npelido :í darla para hazer fuente, cam– biando le, ó pagandole doblado lo que vale el Lugar, y Po– dra tomar della, cap. 1. cit. 5. lib. 6. pag. 1 H6. Agua, como, y qu:mdo quita heredad á unos , y da á otros, cap. 2. y 3. tit. 5. lib. 6. pag. 186. & infra Dilubio. Agua el que hurta de dia, ú de noche que pena tiene, cap. 24. tit. 6. lib. 5. pvg. 15+. Agua fi fe puede facar de ma– dre. donde ay prefa, cap. 1. tic. 6. lib. 6. pag. 187. Agua deípues que entra en la cequia para la prefa , no fe puede facar fino para menes– ter de cafa con gaillera , ó con ferrada ibid. Agua li fe lleva la prelfa , y haze daño,¡ algunas heredades quien lo ha de pagar, cap. 2. tic. 6. lib. 6. pag. 187. Agua para que pafe bien , quien deve aderezar el albullon, cap. 13. tít. 10. lib. 5. pag. 162. Alano quien hurta, ó maca qtie pena tiene, cap. 16. y 17. tit. 6. lib. 5. pag. 152. Albullon quien, y como lo de– ve aderezar, cap. 13. tit. 1(). lib. 5. pag. 162. Alcaldes de Corte quantos ·han de
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