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Prologo. la Religion ; administrar justicia, reprimir viciós, y premiar Virtudes, : y que esce es su imperio, y lo lleva, á irnitacion de Christo sobre el ! hombro. Y :\ los subdicos se les propone la fidelidad que han de te– ner á su Rey Vngidt> 1 que es legitimo sutcesot del difunto (o) . Y como en nuestros Cacholicos Reyes es innaca esca obediencia; defensa, y cuydadq, y en sus vasnllos·la lealtad y fidelidad., y lea es muy notoria la sucéesion, que se defiere por drecho de sangre en tÓdos lo~ dominios de España , ha parecido en los siglos modernos ociosa la ceremo11ia del Vngimiento, .asi los Reyes, como á los sub.– di tos, (p) en cuyos pechos no pudiendo contenerse sin manifestar: su lealtad ( concluydas las exequias del difunto Rey) prorrumpe en· publicas aclamaciones del ·succesor,. arbolando Estandartes y Ban• deras por las calles, diciendo tres veces en alca voz : NA//ARRA POR EL REr DON FERNANDO NUESTRO .SEÑOR' y asi los damas Reyno>, y Provincias (<?) voces,que llenan de jubiles, y ale– gria los corazones, dia de la inauguracion del Principe Español, que por el mas solemne, celebra el orbe Hispano , y toda la Christia• nidád. . E6 digna de ¡¡otar ·en ell:e punto (para defterrar· errores ; que la impiedad ha fembrado(, y fe advertirán) Ja diferencia de la Vn• ~i oh' Poncifici:I ; y la ReaL La Pontificia fe debe celebrar por tres Obilpos, .vngi"endoJibcqlle ha de fer confagrado la cabe:ia , y ma• nos con Chrifm~ -Sacro ;r.cornpuefto de- azeyce ; ·y balsarno ben• dice , diziendo lis Oraciones deftinadas, y .fegun diverfas opinio– nes de Sancos , y . Theologos caufa nueva , .gracia, ó la aumen• ta imprime c?raéter , ó eftiende el de Presbycero , no es reitera. ble , aunque el confogrado en Obifpo fea promovido á Arzobif· pe , Patriaren ; Cardenal ', ó Pomifice ; porque es una rnilma en quanco al orden , y falo adquiere fuperioridad en quanto al re• gi- (o) Cap. vnic. \. vnde invetcri de Sacr.:i Vnllione I'ontilicalc Romanom, p. 1. tit . de B~ncdiét. & Coronatiohi: Regum orar. a; rt:citanda dom Rc:xillinitor, ley 13 . 1ir. 4: part. t. Baldés d. cap. 14. n•• 1. & 1f. Mendoza in cap. 10. Regum in C:::xpnfit. lut, n. l. ~- 8. pag. Ss. :l\lbar. f~l~g. de plant. Eccl~s . .lib. ~- C3_p. s6· C:m.i!I, Borre!. de prZstanr. Regu Ct1thol1cr, capo 49 . n. 27. Villa Diego m Pro• Jogo tOri juz~o , ley 9. n. 26. Barb: d.' allt'J?.at. 3 1_. a n. 8. Diana pan. uo ua~otto. 1. re~olut. 88. Mcnoch. de Repubilc. Hcbreor. hb.• 1. cap. 9. q. 6. ooster M1ña– i10 d . q. 9. \· 4. i nom.'42. ,.Jj¡ alioso · ( f ) luan b cobo Chitic:tus in nova disquisitionc de AmpnJla Remcnsi cap. 16. B.tldé~ in 1 5. Grcg. Lopcz Madera. excelencias de España, 'ªP· 12. Marte Gali– i ano, lib. 1. cap. JO. Miñano num . 46. (q) BJldes d. cap. 14. n. 21. plun & plureS<efercns,

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