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LIBRO V. TITULO V. 147 g~r que ayan merce en eill: em– pero Ja robería íi es feira en ca– mino Franccs , al Mercadera, ó al Romero, es la batailla contra, rodo devele render al Rey con fcrmes porque nuy home no es fabidor el Rey, !i prendra haver, ó !i fará jufticia , eíl: camino Frances, !i fuere quebrantado á Ja nuit ó maynana, afsi que ho– me no es fabidor, vaya adaqueill Jo gar on la robería, es feyta el Alcalde del Rey , & dos ó tres compayneros, & ·demande la ro– bería , !i ó trabaren los homes aduganlos al Rey, & fean en la jufücia del Rey. Cap. IIL Que pena ha qui ra– ba á ju enemiga, & cama de– ve fer probada la perdida. & debe fer emendado de toda la robería. TITULO VI. De Furtos. Cap. l Cama fidalgo fe deve fal– var la primera vez por furto que faz á Labrador. Si algun fidalgo furtare al– guna cofa al villano , & el vi– llano demandare el furto al in– fanzon, develfe falvar la prime– ra vez con fu jura. Cap. Il Qui es acufada par la– dran, & dize que es lnfan– zan , camo fe deve aba11ir, & . que flilva deve fazer. Todo home del mundo que Si fidalgo ha enemiíl:ad con acufe por ladron á otro por furto, otro fidalgo non deben robar fi el acufado fe alaba que es In– uno :i otro , & fi robare, deve fanzon por fi, & por fu padre, ir al Rey el robado, & peidtar & por fu abuelo, fi fe abonie– con el home del Rey, & ferli re con dos Infanzones en aqueil dar lo fuyo quanto obiere robado, logar , ó dize que es vezino, ·el Rey deve ferli peitar por ca- deve paffar por fu jura en el pri- • lonia quanto la robería, eíl:a ca. mer furto. Jonia la meatat fea del Rey, la otra meatat del robado !i dL'<iere el robado tanto me aprelfo, & non fuere creído, dcve jurar con !i tercero que tanto ha perdido, Tl Cap.
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