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DE DESTIN. de heredar en las arras fin ef- ras deven fer cerca fa Vill:¡., & placcnteria de la muyllcr, & fin las ottas meyas, ó quifieren las efplacenteria de las creaturas de creaturas de pareiUa, en el ~cr­ pareilla: Empero fi otras here- mino de la Villa; & fi viñas dades hobiere á todas las crea- hubiere en la Villa, una arrin– t uras de Barr.igana deve dar en- zada de viña, ó qui!icren las tegrament una vezindad alme- creaturas de pareilla dar,. & !i nos, & fino h.obiere otras he- en la Villa viñas no hovierc, redades fi non las arras, · deve non fon tenidos de dar viñn, dar de las arras á las creaturns & el huerto fea en que puedan de Barragana almeno$ quanta es fer treze cabezas de coles, quan– una vczindad; eíl: mandamiento do fean grandes, asfi que las que dá el padre á las creatu- raizes non fe toquen el uno a¡ ras de Barragana en las anas, otro, la hcra fea tan grant en no es en lu m~ndamiento, que que pueda 'trillar una vez de dá el padre, de dar heredades que los vezinos empe-tar~n á á creaturas de Barragana, ó, eill trillar, entro á que todos Jos hobiere fabor, mas en manda- vezinos trillen , que eillos pue– miento de la muyller, ~ de las dan trillar ; todaa las creatura¡ creaturas de ·pareilla por dar he- de Barragana deven fer apaga– redat, ó , eillos hobieren por dos con tanto de vezindat; aqueft .bien, & dar vezindat en las fobrediél:o enfermo fi deifare al– arras fobre diél:as en qualque lo- guna creatura de pareilla, ó de gar eillos fabor ayan; & ello barragana por oblido, ó por no es á fabcr quanto es la vezin- querer que no! dió algo, & mue– dat, una cafa cubierta con tres re el padre, asfi que non ¡¡ dé, vigas en luengo, que fea diez & fi fuere la creatura de pareilla cobdos fen los cantos de las deve prendeer fua fuert:entrgra– paredes , & fi no otro tanto de ment en las heredades que cvrá laa cafal vieillo que aya eíl:ado cu- creatur.is de pareilla ;· & fi fue– bicrto , & elida á la quintana, re de barragana con las creatu– & fembradura de dos robos de ras de barragana deve heredar: trigo al menos á entrambas par- Empero el padre bien puede def– tes, & demas fembradura de un heredar á creatura de pareilla, cafiz de trigo, las meyas ticr- · & de barragana, fi al padre fit:· re

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