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Decret1>o Delos anos-de 171ó.y 1717. 71 era Mageíl:ad 1 f.; Íirva máñ• de Vueíl:ra Mageíla.d,.con– dar dar por nula, y ninguná tinuacíierité han infetládo la prifsion dd dicho Mai·cin todas las frórerás detleRéy• · de Eguífoayn, y fu muger; no, defde lasdeAtagon,có y que no pare perjuyzio a las mayóres hoíl:ilidades, q nueílras Leyes:y guc: fe ob• avran viflo los íiglos¡ y qu~ ferven, y guarden, kgun fu el mayor rigor de la violé– fer ;y chenor ,tii fe eta yga en cía há podido dibirrir, ce– confi:guertcia lo afsi execu- hiendo a codos los vczinos cado: que afsi lo esperamos de ella eh continua arma; y d<: la Real demencia de para impedirlas,cl cuydado Vue!lra Mageílad :que en de la Dipucaciori, pidio las ello '&c. providencias 'rieceífariás a Hagafecomo el Reyno Vue!lra Mágc:!1:ad;yal lluf– /o pide :y damos por nulo ere vúeílro Viíforrey, que lo obrado en et cafo,que ex- era al tiempo i pata lo qual preffa efte pedimiento; no fueron a ellas,díferentc:sMi.: fe trayga en confequencia ni!lros Superiores de ]uíli~ contra las Leyes;yftobfer- cia,y arriváron tambien pa– ;¡;en,fegunJujer,y thenor.. r~ dicho fin, much~s T~~- tnences Generales co, m1h"' LEY xv. S.C.R.M, Reparo de Agrabios , L. OsTresEíl:. adosde ef• fobrc losex c~íoscome· ce Reyno de Navar- t1das por la . . íl: . . cias arregladas; y unos, y o• tros expidieron hordem:s,; [que no pudieron]para que los Pueblos cootribuyeílen con dinero, y baíl:imeocos, para fu manuceneiori, y pa· ra que nue(hos Naturales pafailen dé unos Lugares a otros, y los manülv~eíf~n ; fiendo codo contrario a lá Ley 6. !ib.1 .tit.6.de la nue– va Rc:copilacion; en que fe difpone,rio deu losPueblos a gencedc guerra baíl:íme.. gente de ra, que e amos )Un- guerra def- tos' y conoregados • cele-· de el ano . o . de 1 710, braodo· Cortes Generales por mandado de Vucíl:ra Magefiad, dezimos: que defpuesde\ dia io:de-Agof– to de 17 1 o. los enemigos tos,

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