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62 L E T E S w, que nos tiene preíl:ado lo efpcramos de laReal ele• de obfervar nueíl:ros Fue- menda, y fuma juftificació ros, yLeyes, conforme a lo de Vueíha Mageílad, que que eíl:a eítablecido por la en ello, &c. Ley+ lib.1.tit. 3. de nuef. Damos por nula,y nin- Dccccco.: tra nueva Recopilacion, 'j guna nueflra RealCedula en quiebra de eíl:as Leyes, y exprejfadaenejle pedimie• las que llevamos refctidas, to,dirigida al lluflre nuef- en hordenalaforma,ymo troVifarrey,Regente(JCo do de eílablecerfe lasLeyes fajo.para qfa obfervasten en eíl:e Reyno,y para el: en efle Reyno; y queremos-,¡o cuyo remedio, y para el fetrayga en confequenci.i, mas eficaz reparo de todo contrA vue.flros fueros• 1 lo que llevamosexpre!Iado Leyes,y que Je obfer'Vcn,fe- en eíl:e pedimiento,fuplica· gun Ju far, y thmtJr : pero mos a Vueíl:ra Mageíl:ad, · enquatoa!Va_ndopublic11_ có el mayor rendimicnto,y do pcr mandado del lluftre mas pr.:ifonda humildad, fe nueftro Viforrey; a-viendo digne mandar declarar , Y fido por guerra, y por Is dar por nula, y ninguna la Capitani 11 General,y parli form:i 1 y modo execuc:ido losJubditos de Ju jurifdicio en la expedicion de dichas noh 11 a'Uido infaccion a/- Cedulas Reales; y tambieñ guna de vuejlras L~yes, en el defpacho del llLIRre vuef no a'Verfe fobrecarte11do ero Viforrey; para la publi• por el Confejo; ni comf4ni~ caeion de dicha prirneta Ce cado a 'VUCftr.r Diputacio. dula Real, y la e¡¡ecució de el; y que nada de todo ello fe trayga en confequencia, LEY XIII. para lo de adelante. ni paré S C R M perjuyzio a dichas nueflras . • . . • . Reparo de .A grabios , fobro la et· tra<."Gion de Leyes, ufos, y coíl:urnbres¡ y q todas ellas fe obferven, y guarden puncualmére fe.. gunfufer, ychcnor ,como Trigo,y di- L OsTres Eíl:ados de ef- fcrenrcs ga nados em- te Reyno de Navar- barg~dos. • para (u traf· ra, que cíhmos JUn- pom. · tos,
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