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Delosanosde 1716.y 1717. 6c modo, y forma C:OhtrJíia a yes eí1ubieffe difpue~o' y la conéj fe eílablecen en ef- hordenado: y por Reparo te Reyno, y para Cl; que lo de agrabios, fe nos cócedio es la de concederfe a pedi.• lo mifrno en la Ley 18. dc:I mento nueílro, y otorga- año de 1701. lo que catn~ miencode Vueílra Magef. bien eílaba hordenado por cad ,nopudiendoconfliru- la 3• de las Cortes del año yrfe deocra fuerce, (falvala de 166i.cicadaen la 18.fo– Rcal clemencia de Vueílra bredicha: y debienJo pro~ Mageflad) porque feria en cum có la mayor folicicud conocida quiebra, y concra pofs1ble, no fe ellabll!zcan venció de nueílros Fueros, Leyes para eíle Keyno, do Leyes, ufos, y coílumbres, modo, ni forma, que vulno cuya obfervancia nos ciene ren , ni ofcradan las que V, prometida Vucílra Magef- Magcílad nos ciene e once. cad,en los JuramencosRea- didas, como fe haie por la 'les, que repecidas vczes fe quo fe ha e(tacuydo en di. ha fervido preílarnos i no chas Cedulas Reales, [para pudiendonos perfuadir de fu reparo] lo repre;crnm0s la juflificacion de Vueílra· a Vudtra Mageílad, con el Magcíl. a éj aya fido de fu mayor rcndimiantó. · Y ca• Real animo, falcar en algo bien es anoticiabuellra, q a fu cumplimienco; pues lo la referida Ccdula Real de contrario, feria cm infracció data de 16. de E ñero deílo manifieíla de nueílras Le- prefence año,por mandado yes, y feñaladamence de la del Iluílre vucílro Viforrey 3. lib. i. tit. j· de la Reco- fe publico por Vandos, e!l piladon de nucíltos Sindi- todas las cabé~as de Merin• cos; y có cfpecialidad muy dad de e!te Reyno, fin avet fingular, de l.i ,. del año de fo fobrecarteado fu dcfpa– I 688. en q fe hordeno ab- cho por el Cófcjo,ni c~mu folucamentc,quc nadie pu- nicadofe a nueíl:ta ·n1pu– dieífe anadir' mudar. qui- caciori, contra lo difpue!lo tar,nirnodificar, nideda. potlaLey i6.deelañode rar, lo que por nuefüas Le- -i 691. y contra ~l}\lt.in1e~, · <;t. tol
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