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INDICE go de los delinqllétes.vid.Akaldes Receta tercera . furmada por Autos del Cófcjo, part luto en acafsiones de exequias Reales ,luminarias, y o· tres gallos • fe reduce a las do~ de penas de Ca:mara ,y gaíl:o; dcJufü– cia, y fe da pór nula fu formacicn, ley 4. dcfdcla pag.18.haíhla ji. Reos,quc prendiercll los Alcaldes, q JJO tienen jurifdidon crimiail, los remitan ah Coree , y fus Cars:eles Rs. Vid.Alcaldes. Reyno, la faculud que tiene par:t o· torgar :l favor de fuVinculo,ee los ocorgamiento• de ~arcelcs.y Al– cavalas,liépre que la hiz.1erc la caa tidad de 1 S"º· ducados de caca a– ñ" de ~.arre!. Y el renaffo de la conccfsi~n de ~arceles,dc lasC01· tc1 de S1nguetfa, que fe avia de .a. ver cobrado en el año~c 17 I 1. ley . 33.pag. ~t 9·.y 120. lteúdcncias. fe recivan a los E.ícriva– nos Rs.de"d".eil d".años,y el termino qucfc hade conceder para ellas, y falarios de los Juczes.Vid.Efcriva– nos R~. en la ley .p. y fu cap.6. P.emifsion-dc penas a los Naturales, por co11cravencion a leyes ' y otras difpolicioncs. que dcvian obfervar. Vid. penas. Rcyno, los r 1 oo. ducados de cada·a– ño deQ!!arcclcs,a mas de los rerraf fados de las Cortes de Sanguclfa, de q va hecha relació, lo• cobre có prclacion,lcy 46. en vna de fus có– dicioncs,quc cíli defdc la pag.186 haílala 187. Relatores , defpachen los negociol q fe les entregaren, con toda breve– dad, y la quenta q devendar de I~ a 1 S· dias. de los que tienen en fu poder ,y dc(dc que ricmpos,pena de ~o. libras por cad o vei: qúe faltaré, ley 41· p.16j ·Y t $6.cn fu cap.21. s Secrctarir> ddC~·ntr•v•ndo,llevc por los ceíli,nonios,y certificaciones el medio Real, por duca.r codavit la guerra con el l1npcrio,y oteas Pro· vind:as,Jcy l. ""fv''!ccrtto.pag.9. Sccrerar10s del Conft)<>,y E.f~rivanos de Co11e,las horas que deven ti"si( tiren Íus Oficios, y permitir.que en ellos faqucn razon limpie los que la huvicren menel\cr ,de cícritos, y fcntencias.vid.formá nueva. Sobrecartas dadas :ICcdulas,y dcípa,– chos -Reales, ún comunicarlos a la Diputación,fcdan por n'ulos fos de– crcto•,y expc:cificamente los q uc fe refieren ca la •.Replica. Vid.con~ uafucros.,y la ley 11. pag. sS. y fi. guicntcs. Sacas de lana, que llegaren al pe fo de ocho arrobas, y las eKlragcrcn de eílc Rcyno fus Naruralcs , paguen por cada vna los quatro reales de el impneílo. Vid.lanas. Soldados,quc defcrta de ella Ciudad, y fu Callillo,dcíus pcnu;y de los· q Jos reccptan,y les compran armas, y vellidos, Ley 39. defdc la pagin.' 133.ha1Lila136. . · Soldados del Puerro de Zubiri, :1 que pertenece la Villa de Latrafoaiíl', no fe les den lo& cinqucnra ®cadas c¡uc pretenden por vcenúlios,fino el alojamiento, qué fe les da cftfo' o– tros Puerto•. Y a otres que fe ala• jaré porclReyno,nofelC.9dcbafü. menros lin pagar,rii (ocorros ·aigu-• nos de dinero.Vid.Gtnce de,gucna. Servicios hechos ca cílas C0.rtcs ~fu Mag. afsi en lo tocante, a c¡uc los Naruralcs del Rcyno paguen drc– chos de entracia de mcrcacicrias cg el, manifeílandolas, y tomando. al~ valas de guia, como de ~artcles, y Alcabalas, con las condicióods,y precauciones, .quc exprelfa la Ley de cftos fer vicios,y lo es la 46.dcf« 1'lc la pag. 17¡. hafta lá 190• . ' rvicio hecho cambien por el Rcyno Sccn eílas Corte&, dc'avcr de arridar' el Ella neo general dclTabaco,a la perfona, que fu Mag. fe dignicc de nombrar; Vide Tabaco. bílicuros Fifcales de ante los A leal Sudes Ordinarios,pag11c lo& gallo; de pcrfcguir, y calligu losmalh"lto– rcs,

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