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tp l E deJuAyuntamlento) l11s perfonas que les pareciere fiendo EfcrivanosRcales, y los duenos de las Efcri• 'Vanias de los juz.,gados,q cO{orme dfus privilegios, yfentencias, tienenfacul• tad de nombrar quien /aJ flr'Va, u[en de ella en per• Jonas idoneas,y de la apr!J bacion de nueflro Crmfejo. Y en el 5. defpachadofe loJ Edit1os co termino de 20. di as; y ftendo la determi· nacion de el mas habil, .1 juyz.,io del Confejo.finque los opuejlos parafer admi tidos a la opojícion,tenga necefsid,1d de haz.,er depo• fito alguno, co'llque al que fe admitiere por mas ido• neo, no fe le defpache e/Ti• tufo fin depoflrar los cien pefas en la ar ca de tres !lii 'Vts. Yenel6.(ie1Jdoel fa /ario de la Ley 1 fin que el termino exceda de Jeís di as,fino p()r muy vrgen• tes cauft1s a conocimiento de el Confejo. Y en el 8. cr,nque la entrega de los regi/lros , qfe poffem en 'Virtud de gr;1cias de los Ilfu[lresnueflros Vifferre )CS ,je haga a fas per¡o~ T E S nas; y por el horden q di¡.. pon: la ley 4• tit, 1 2. lib. 2. de la nue'Va recopila– ti;n,precediendo el haz.,er fe jegun ella !.is gracias por nuefiro llluflre Vij[or rey, para campfir t:on lo ·difpuefto por la Ley 6. del mifmotitulo,y lib.Y en las nue·ve • l diez., , conque fa -entiendan llegadoel cafo de ponerfc rn prartica lo que 'Va hordenado por ef· ta Ley .y en el ínterin fe ·obferve fo mandado al cap. 8. y en quamo a la 11 .lo llCUerde el Reyno,ef. tando executada e~~ Ley, en horden di numero de Efcrivanos ,para qae proveamos lo m1Hcorwe~ niwte. S. c. 'R. M. L OsTresEílados de ef .. te Reyno de: Navar..– ra, que eíl:amos jun• tos, y congregados, cele• brando Corees Generales por mand3do de V. Mag. dczimos, que al pedimien• to que pt¡;fenramos a v. M. fobr<? moderarfe el e~· cefsivo numero de Efcriva; nos *· Rcplict

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