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DefosAnosde 1716.y1717. 127 e!lo por cada faca de lana, provehido, yno lpgrando– pues el gue la conduce la fe por elle Real Decreto la podra hazer fi quiíiere de providencia, que pidimos, carga encera, y de lo cfora- como neceffaria,paia evitar ria. fer a perjudicado el _di- los perjÚyzios de la réca de cho oucílro Vinculo,en po nueílro Vinculo, recurri– ner perfona, que aya de af- mos c(J la mas refpetucSfa a– fülir a pefar las facas. Por tencion a laReal clemencia todo lo qual, fuplicamos de V.Mag. para que fe firva con el mas humilde refpeto affcntir a nueílro pedimicn– a V. Mag.fe G~va decretara to; pues el conduttor de las nue!lro favor, fegun, y co- lanas, conhazerlas facas de molo cenemos pidido: que carga encera, fe libra del da– afsi lo efperarnosde fu Real ño, y ouellro Vinculo no fe clemencia: que en elto,&c. puede prefervar por otro Decreto. .A efto os rejpondemos, medio,que por el pidido: y efta bien lo probehido. al paífo que las rencas de el, fe halla con mayores empe– ños, eípera nuc!lraconfian– ~a de la Real juíl:ificació de V.Mag.nosconcedaloque {e pide a beneficio proprio, y fin daño ageno :afsi lo fu. plicamoscon el mas humil.:. de rendimiento a V. Mag. mande decrerarlo,como Jo tenemos pidido: y en ello,. &c. S. C. R.M. ¡. Replica. Los Tres Eítados de eíl:c Reyno de Navarra, que ef- tamos juntos, y congrega– dos,cclebrando CortesGe– nerales por mandado de V. M~g. dezimos: que a nuef– tra fegunda replica del pedi mienco hecho, Cobre que nueíl:ros naturales paguen para nuellro Vinculo qua– cro reales de drechos por ca da faca de lana, grande,o pe queña,que excrageren,Íe ha fervido V .Mag. mandarnos rcfponder, que cíla bien lo Refultandoel t1umen.:. tarfe el impuejlo de com– placeros en 'VUt~rafupfi.;, ca ; efiti probeydo lo con, 'Veniente. :it-*Jf. *:+:*
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