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DEL ÁnO 1709. 71 y Diputados de cadaCiudad, fervic10,co mofe ha executa– Vilb ,Valle, Cendea, 'o Lu- do eri todos losdohativos; y gar,puedan compeler a lapa~ dlo fin embargo de lo expref ga de lo que fe les repartiere; fado eri el Capitulo amece– íin efcmpcion,ni referva,y firi dente, que le puedan embarazar ini- Qie la paga de dicha CJn– virorias ; ni onos Defpachos i:idád la ayan de hazcr losPue algunos de otros Jtiezes de blos 'lo que a cada uno coca– CJU<llquiera calidad; y Fuero re de fu sproprios, rentas ; y que fean; y C]Ue el dueño de expedientes ; fin necefsitar Palacio de cabo de Armería, de pedir libran~a, rii permiílo aya de fer eferripro en qual- en el Confejo: Y donde no quiera parte que viva. los huviere, el reparrimiemo ~e reípeéto de que por fe haga con toda juíl.i6cació, papel de die.z; de Abril de mil e igualdad, ccüforme a dere– feifcienros cinqucma y C]Ua~ cho, y Leyes de ef\e Keyno, rro, el lluíhe Vtieflro Vi!for- y fe pa!Te pcr lo que bizieren rey , Coride de Sánceíl:evari los Alcaldes, Juradós , y Di ~ri nombre de Vtieíl:ra Ma-' purados , C]Uedandb fo dere gef\:ad ; ofreciodefcontarde cho a falvo a las pártes, fo. el fervicio pecuniario la parte que por ello fe aya de retar– que pudiera tocar de Cl por dar la éxecucion.. Yque en las cafas agregadas a los Pala· losPueblos C]Ue fe hiziere por cios de Cabo de Armería , 'f repartimiento de Vezinos , y que eri todos los donativo~ Abitantes, aya de fer precifa– conque defpues ad fe ha fer~ mente por Auto en forma vido,fe ha retenido por nuef.i ante Efcrivano; y rio pór pa– tea Dipucacion: de cada diez peles privados , pena de m:in– mil ducados , quatrocienros ta libras a los Regiiníencos, y ducadog para facisfacer a los Efcrívanos de .los. Ayunta– Jueños de dichos Palacios, y mientos,y que los Diputados cafasagregadas , h:iziendofe de las Valles que huvieren c1 computode qüe les corref- de hazer él repartimiento a poride eíl:o. En coritinuacion donde no huviere Efcrivwo, de lo referido ;fe aya de rete- bagari el Auto arit~ el Cura,y n:er al mifmo' refpeéto de los dos ceíl:igos : Yque la aplica– cinquencá milPeiTos dt elle '¡;ion' de las treinta Jibra~fea la mi-

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