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l ry ,,,r.1. /" mtj 1 1r ob– fer"''Mnci.< dr I• 6!. de l.1 s Cor u1dc1r.78 foLrr los de T uhos del r4ff'tid•r trt Jo¡ Ínc:idtrt tu de lot ]l.ela.t•reI ,. y /•ontr , ,, .. bierttl a lor Phy tos. LE Y ES LEY XIX. S. C. R. M. L OsTresEftados de eíl:e Reyno de Návarra, que clbmos juntos , y con~ gregados celebrando Cortes Generales pot mandado de Vucíl:ra Mageíbd ,dezimos:– ~e por. la Ley 6 8. de las Corres del ano de 1678. efia difpudlo los derechos que ha de llevar elTaíladot de los TribunalesReales por las taf– faciones, y las que deve ha· zer fin llevaT cofa alguna a las partes,ordenando, que quan– do taílare a los Relatores en los incídentes , pueda llevar a q uaniHo de cada p-arce,cow mono íeá mas de dos irtcidé• tes en cada infiancia; yq avié– do mas,aya de hazer fas taffa– ciooesde f os dichos íncidcn...– tes, fin · nevar por ellas cofa alguna. Y afsímííino eflan,...– do mand{icio para mejorcon– fervaciorrde los pleyt'os, que fiernpre que-fe losi llevaren fin cubiertas de pergamino,. tenga obligacion el Taífador" de ponerlas:, y quite - ~ ca<.lt uno de losSecretario~, E.fcri~ vanos de' C.orce , y Camara· de Comptos, a dos reales,qui tandoles deíi:ts derechos q.uc . les tocare en el tal pleyto. Se ha experimentado el abufo en eftos dos cafos. Pues aun que en cada inilancia fcai1 los incidentes; tres, quátrb ; o mas,en todos por lastáffacio• nes a los Relatores, fe lleva derechos a las parres ; y ay negligencia notable en el T af fador en no obfervar el po– ner dichas cubienas de per– gamino a fos pleyros: Siendo afsi que fe carga por ellas a las Panes; y fiendo tan juíl:a la d~fpoficion de fa refetidaLey. fuplicamosa VuefüaMagcf– tad fe firva mandar fu mas pühmal obfcrvancia, imp°"' nicndo al dicho T affadót que :es, o fuere 1 !apena de v eimc librasporcacfa,vez que falca– re i Ó co.tmaviniere al curo.; plimiemo Jefa referida Le_Yi en taífacióncs de incidentes; -y fus derc;<;'liGs dt Relatores,; y tuviere la -negligeiitili de poner dkhascubierfas ;iápli– cada la dicha' pena para' fo 'Ut– inara,yFifeóde' VUéflraMa.. gtll:ad, fobrdas -d~s-quc -en fus caíbs ptefcríbe di'ch~ Ley ; qut' á(~ló ~fpéhtmos de la Rcali Clemencia de ."\/:. M'iigeftad. DtZ:.imosft ·hNg11. cotM íg/11., ~Jiwa el Rff]iltJ-., · LE1:

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