BCC00R58-6-01p6d0000000000000
R rp dY'1dt 1gr·¡ Vio <Í: no aVer('! ·omur.ic11.do i l.1 Dip1t– t :1cio11 [& ~l'du/11, • r 4.:aos de f, "/'¡/Ú deCin tr"~ni go , ~ontr& D on d¡;uOin J, ! z.pel<ta. L ETE S LE Y XII. S. C. R. M. L O Tres Eíl:edos deeíl:e Reyno de Navarra, que eíl:arnos juntos., y con– gregados celebrando Cortes Generales por m::mdado de V. Magcíl:ad, dezimos: ~e porla Ley z.8. de las Cortes de 1701. cfta difpucfto , que íiempre que el Reyno , o fu Diputacion pidiere algun pleyro para examinar , y en– terarfe {i enfus procedimien– tos fe hallan ofendidas nuef– trasLeyes , fe le mande en– tregar. Yftendo eíl:o a(si, en conformidad de la referida Ley , pidio nueíl:ra Diputa– cion el año de 1707. en el Confejo fe le entregaíTe el pleyto que en(:! ha pendido fobre Cedula de Informe a iníl:ancia del Fifcal de V. Ma– gcftad, y la Villa de Cintrue– nigo , contra Don Aguíl:in de Ezpelera , y fe mando en– tregar. Y aviendofe acudi– do por el a la Secretaria, no fe quifo entregar Gno fo lo lo aétuado fobre Cedula de In– forme ;Negando las ultimas que fe avían preíentado , y fobrecarreado fobre la mif- ma: materia , y dependiente de la de Informe. Ypor ne· cefsitar nudha Diputacion de todas ellas, pidio feman- dalfe al Secretario las entre.: galfe , y fe mando encregar lasmandadas juntar al pley– to. Ypor afirmar el Secreta· riono eíl:arlo las ultimas ob– tenidas por dicha Villa, afsi de la merced que fe le hizo, como de la facultad Real que fe le concedio. Se bol– vio a pedir por dos vezes en el Confejo fe le comunicaf– fen dichas Reales Cedulas, con fus autos de fobrecarta, ydemas que huvielfe cndi~ cha razon ; y a ambas peti– ciones fe Decreto, fe guar– dalfe lo proveido , fiendo la ultima en z3. de Septiembre de dicho año. Con eíl:os De– cretos fe halla quebrantada notoriamente la referidaley; pues por ellos fe nego fubf– tancialmente la entrega de dichas ultimas Cedulas , fu fobrecarta , y demas autos que fdiguicron. Pues difpo– niendofe por ella,deveife co rnunicar qualquier pleyco <jUe pida nueíl:ra Diputacion, para el examen de la obfer– vancia , y ofenfa de fus Le– yes. No pudo el Confejo en cftas circunftancias , exprelfa, ni
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz